Herencia

Los abuelos de mi novio compraron un piso y lo pusieron a nombre de los nietos y como no pudo desheredar totalmente a su hija la dio un 10%.
La herencia es esta:
La madre de mi novio tiene el 10% del piso y es a uso y disfrute mientras viva.
Y mi novio (hijo de esta) y sus hermanos son herederos totales una vez haya fallecido su progenitora.
Ella nos hace pagar todos los gastos de ese piso (teniendo cada uno el nuestro).
Mi pregunta es si ¿tenemos el deber de pagar todos los gastos, arreglos de ascensor, cambios de tejado, CONTRIBUCIÓN, y un gran etc, siendo ella la única que disfruta de la vivienda?
Al ser de uso y disfrute mientras viva...

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Ella como muy bien dices lo que tiene es el uso y disfrute de la vivienda de por vida, pero los propietarios de la vivienda son los hijos y así aparecerá en el registro de la propiedad con su madre como usufructuaria vitalicia.
Por lo tanto es correcto lo que se está haciendo, y la totalidad de los gastos de la vivienda los deben de pagar los hijos, salvo los desperfectos que se hagan dentro de ella por la madre, que los deberá de pagar ella, o salvo las obras que haga dentro de la vivienda sin el consentimiento de los hijos.
Las obras comunitarias también se deben de pagar por los hijos.
Hay que diferenciar el uso y disfrute de la nuda propiedad que no es lo mismo.

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