Herencia.

Mi suegra vive en una casa que era de sus abuelos y que en su día no hicieron testamento, al morir estos se quedaron los padres de mi suegra y al morir ellos mi suegra, que lleva pagando la contribución casi 50 años y al nombre de sus abuelos, quisiera me asesoraras como se podría legalizar todo esto, pues aun viven un hermano de mi suegra y primos de ella
Ademas de sobrinos y cuñadas. Gracias

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Al ser la casa herencia de los abuelos de tu suegra y de su hermano puesto que no hicieron testamento, les correspondería a cada uno la mitad de la casa.
Por otro lado para legalizar esto sería necesario hacer la partición de herencia, tanto de los abuelos de etu suegra como de los padres de tu suegra.
Para ello sería necesario solicitar el certificado literal de defunción de los abuelos, y de los padres ante el juzgado de la localidad donde vivían, aunque si vivían fuera en el juzgado de vuestra localidad es posible que os lo pidan.
Posteriormente debéis acudir a un estanco y comprar 4 sobres para solicitar los certificados de actos de últimas voluntades en madrid, los rellenáis y los enviáis con un certificado literal de deufunción cada uno.
Os contestarán diciendo si hicieron testamento y ante que notario. Si no hicieron testamento su herencia se repartirá entre tu suegra y su hermano por partes iguales, y si hicieron testamento habrá que acudir al notario y solicitar una copia.
Una vez tengáis esto, si no hicieron testamento tendréis que hacer un acta de notoriedad ante notario en la que se diga quien son los herederos, en este caso tu suegra y tu hermano por partes iguales, y si hay testamento hay que acudir al notario a pedirlo para ver en que proporciones repartieron sus bienes y hacer una partición de herencia, ante notario también en cuyo caso si se quiere quedar la casa tu suegra, le tendría que pagar por su parte a su hermano.
Una vez hecho esto habrá que pasar la escritura de partición pro el ayuntamiento para declarar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, y luego por hacienda para declarar el impuesto sobre sucesiones, aunque este impuesto no tributará porque ya estará prescrito.
Posteriormente con la escritura de partición de herencia sellada, por ayuntamiento y hacienda, habrá que acudir al registro de la propiedad, para poner la casa a nombre de tu suegra.
Quizá no me explique bien del todo, pero mi suegra tuvo tíos y primos así como dos hermanos más que murieron, mi interés es saber como se tramita la herencia con todos estos familiares de por medio, algunos vivos otros muertos y con sus respectivos herederos, etc.
Al existir multitud de familiares el reparto es muy complejo, y para poder hacerlo necesitaría saber una relación de los bienes que tenían, así como los testamentos de todos y cada uno de los familiares fallecidos y si tenían o no, así como la fecha de fallecimiento de cada uno, y si existían hijos, u otros familiares de los fallecidos.
Con esos datos podría ir desgranando el árbol genealógico hasta llegar al reparto que habría que hacer en la actualidad.
Una vez tuviésemos esto podrían acudir a un notario a formalizar la partición de la herencia.
Saludos. A la espera...

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