Herencia

Hola.Mi consulta es la siguiente:mi bisabuela tenia tres hermanos más y cuando se murió su madre la llamaron para abrir el testamento y firmar pero no acudió ya que no estaba de acuerdo, en dicho testamento la dejaba dos parcelas y ahora mi madre que aun vive quisiera saber si sus tíos pudieron recibir dicha herencia y escriturarla y que es lo que pasa con esas dos parcelas.
Gracias

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Si su madre no firmo aceptando la herencia dejada por su madre en testamento, no se pudo repartir nunca.
1.-Si conoce la situación de las parcelas, pregunte en su ayuntamiento a nombre de quien están.
2.-Pida notas informativas en el registro de la propiedad a nombre de sus tíos, aportando también la referencia catastral.
Si todo sale negativo, podrá iniciar ahora los tramites para recibir la herencia
¿Hola lo que no entiendo es que si no se pudo repartir nunca que pasa con los bienes que a los les tocaba en el testamento los han podido registrar a su nombre y escriturar o vender?
¿No conocemos la situación de las dos parcelas pero como es que puedan estar registradas en el ayuntamiento si no se repartió esa herencia?
Gracias
Tienes un buen lio en la cabeza intentare explicarte lo mejor que pueda.
1.- Aunque en su momento no se repartirá la herencia porque tu madre no firmo, podrían haberse inventado una escrituras y llevar a cabo el repartir sin contar con nadie, sobre todo si las parcelas no estaban registradas.
2.- El catastro no tiene nada que ver con el Registro de la Propiedad, antiguamente solo se preguntaba el titular de las parcelas y se ponía al nombre que decían, (este caso paso mucho con gente que solo las cultivaba, apoderándose de algo que no era suyo, pues hace unos años, no hacia falta la escritura para poner en el castatro las cosas a nombre del que fuese).
3.-Si las parcelas estaban en el Registro de la propiedad a nombre de tu antepasada, seguramente seguirá igual, porque en documento publico las cosas se tienen que hacer bien y legales, aceptaciones de herencia, tracto sucesorio, etc.
4.-Para seguir adelante, podrían haber inventado que uno hereda del padre y vende o dona a otra persona, con dos escrituras es bastante para que entre en el Registro de la propiedad, ignarando la parcela ya registrada y produciendo una duplicidad registral.
¿Me has entendido ahora?

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