Mi padre ha fallecido en estos días y la verdad es que desconozco que pasos debemos seguir para tramitar todo el papeleo. No tenía testamento, lo cual lo complica todo un poco más. Me han hablado que por el mero hecho de tenerlo, encarece los gastos aún más. Agradecería asesoramiento sobre: 1. Tramites a seguir para tramitar una herencia 2. Que tipo de impuestos y de que cantidades he de pagar.
Ante todo, lamentar el fallecimiento de su padre. Lo de que al no haber testamento les encarece más las cosas, es verdad, pero muy poquito. No creo que llegue a 100 euros. Menos. Seguro. Solo que también les va a retrasar un poco más las cosas. Ya se que dice que no dejó testamento. Pero no se si han pedido las últimas voluntades. Muchas veces, la familia no sabe que el fallecido hizo testamento. Para eso son secretos. 1º- Consigan certificado de defunción original. La funeraria se los habrá dado. 2º- Con ese certificado, vayan a la secretaría del Ministerio de Justicia de su ciudad y piden el "certificado de últimas voluntades (y de paso el de seguros de vida). En este certificado, les dice si hizo o no testamento y si lo hizo ante qué notario. Si hizo, vayan al notario que ponga y le piden copia. Si no hizo, pues con libro de familia o certificados del registro civil, van a un notario y que les prepare la declaración de herederos. Los certificados mencionados les son totalmente imprescindibles, aunque no haya testamento. Pues esta declaración de herederos ante el notario es el único gasto de más que van a tener. El notario, ya les dará fecha para firmar el cuaderno particional, que es el reparto de la herencia y la aceptación de la misma. Cuando hayan firmado, les dará copia, y con esa escritura es con la que han de ir a la oficina liquidadora de su comunidad para pagar el impuesto de sucesiones. Cuando tengan la declaración de herederos (y antes de firmar el cuaderno particional), van a bancos a ver donde tenia dinero. Que les den certificados con el saldo al día del fallecimiento. Pueden pedir además, extracto de las cuentas de al menos un año antes. Les darán mucha información, pues podrán ver si recibía intereses por una imposición a plazo fijo, si recibía dividendos por tener una cartera de acciones, los recibos que pagaba, los IBIS, si aportaba dinero a un plan de pensiones, si pagaba seguros de vida... mucha información. Todo lo habrán de llevar al notario para incluir en el cuaderno particional. Una vez lo firmen, pagan los impuestos y ya pueden ir a los bancos a pedir el dinero y si hay inmuebles, llevarlo al registro de la propiedad, para que quede registrado todo a nombre de ustedes. Hacienda da seis meses desde el fallecimiento para pagar el impuesto de sucesiones. Pasado el plazo, les ponen recargo y comienzan a correr los intereses de demora. Respecto al tipo de impuestos, ya le he dicho: El impuesto de sucesiones, que en cada comunidad es diferente. Y las cantidades.-... pues depende de lo que hereden. Contra más hereden, más pagan, pero ya digo. Depende de cada comunidad. Si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se quede libre.