Exención de impuesto

Hola.
Hace tres meses que falleció mi padre dejando testamento a favor de mi hermano y de mi (él era viudo). Sé que tenemos que hacer la declaración del Impuesto de Sucesión, la partición y aceptación de la herencia ante notario, la inscripción en el Registro de la Propiedad y el pago de la Plusvalía en el Ayuntamiento de Sevilla (deja un piso de herencia). A mi hermano le han comentado que si pasan cinco años no hay que pagar el impuesto. Y mi pregunta es: ¿Qué impuesto? ¿De la Plusvalía del Ayuntamiento? ¿De lo que se paga a Hacienda si vendiéramos el piso? ¿De Sucesiones?.
Le agradecería mucho su respuesta en estos duros momentos.
Respuesta
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Si pasan 5 años no hay que pagar el impuesto de Sucesiones... pero yo que vosotros lo haría en plazo (dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento) casi nunca sale cuota a ingresar porque hay unas minoraciones por parentesco de 1ºgrado muy altas y actualmente la Hacienda Pública hila muy fino.

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