Heredera fallecida

Mi hermana falleció sin testar, dejando una cuenta corriente con algo de dinero y la única heredera era una hija que vivía en el extranjero nos hemos enterado que murió hace dos años no sabemos si tenia hijos. Me gustaría saber que tiene que hacer mi madre para poder cobrar ese dinero y si ella no lo quisiera como podemos hacerlo sus hijas

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Por Ley, los bancos están obligados a bloquear las cuentas de las que sepan que ha fallecido el titular.
Pero además, si la cuenta estaba solo a nombre de la fallecida, nadie va a poder sacar el dinero, así por las buenas.
Porque el banco no se lo va a dar a cualquiera. Imagine que se lo da a ustedes y a los pocos meses aparece un heredero que tenga derecho a ese dinero.
El banco tendría que darle el dinero a ese heredero y habría entregado el doble. Con la consiguiente pérdida.
Así que para disponer del dinero solo queda una solución y es hacerse heredero, aceptar la herencia ante notario y con la escritura notarial ir al banco a retirar el dinero.
Por supuesto que los notarios velan muchísimo por la legalidad para hacer heredero a alguien han de ver que esa persona es realmente la heredera.
Pero en este caso, posiblemente peor. Porque si no hay testamento, ha de solicitarse el ser heredero, no ante el notario, sino ante un juez, en un procedimiento judicial que se llama "declaración de herederos".
Lo primero que deban hacer es ver si hay o no testamento.
1º- conseguir certificado original de defunción.
2º- con ese certificado se va a la secretaría del Ministerio de Justicia de su ciudad y piden el certificado de últimas voluntades.
En este certificado dice si hizo o no testamento y si hizo varios, cual es el último.
Van a ese notario y le piden copia.
Por supuesto que el notario solamente facilitará copia a aquellas personas que aparezcan nombradas en el testamento.
Si ustedes no aparecen nombradas, no les dará copia y aquí se acaba todo lo que ustedes pueden hacer, pues los únicos con derecho legal serán los nombrados en el testamento.
Pero les queda el averiguar si la hija fallecida tiene o no herederos, y si no los tiene, ustedes pueden solicitar judicialmente el que les nombren herederos.
Si no hay testamento, se ha de acudir a un procedimiento de "declaración de herederos".
Si la fallecida tiene hijos, estos pueden ir al noatrio directamente.
Si no tiene hijos, todos aquellos que se consideren con derecho (por líneas de consanguinidad) serán los que habrán de ir a un juzgado a hacer la declaración de herederos.
Si esa hija falleció, es la heredera, y sus derechos pasan a sus respectivos herederos.
Si tenia hijos, ellos son los herederos.
Si no tenía hijos, el heredero es su marido.
Si no hay ni hijos ni marido, ni ascendientes, ya entran los derechos de los hermanos a pedir la herencia. O sea, ustedes.
La verdad es que el tema es complicado, máxime porque hay que localizar datos de esa hija, desde su certificado de defunción, hasta nota del registro civil para ver si se casó o si tenía hijos o nietos.
Yo les aconsejaría que valoraran los muchos gastos que van a tener y si realmente, les merece la pena iniciar todo el procedimiento, dependiendo del importe de la herencia.
Lógicamente, si nadie la reclama, al final, es el Estado (o el banco) quien se beneficiará.
Yo empezaría por ver si hay o no testamento, y a partir de aquí, decidir si se contrata abogado (que al final les va a hacer falta, para hacerse herederos judicialmente).
Pues nada, les deseo suerte, pero la verdad es que es complicado, máxime por las leyes de protección de datos, que impiden acceder a muchas cosas.
Un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.

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