¿Qué bienes compondrán legítima hijos Cataluña?

Soy catalán, separado legalmente y con problemas con mis hijos.
Quiero testar a favor de mis hermanos, pero he leído que debo dejar la legítima (25% en Cataluña) a mis hijos.
Entre mis bienes se encuentran las acciones de la empresa familiar.
Para evitar que caigan en manos de mis hijos ¿puedo dejar escrito en el testamento qué bienes en concreto compondrán la legítima?.
¿Se puede instrumentar otro tipo de protección, por ejemplo que se les pague la parte en metálico liquidando bienes (las acciones las podrían comprar mis hermanos)?.
Muchas gracias.
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Efectivamente libro cuarto del Código civil de Cataluña (Ley 10/2008, de 10 de julio) establece en favor de los hijos una legítima de 1/4 parte del valor de la herencia. Ahora bien, existe una amplia libertad a la hora de adjudicar ese valor, pudiéndose hacer en bienes concretos de la herencia o bien incluso establecer que los herederos (en tu caso parece que quieres que sean tus hermanos) satisfagan esta legítima en dinero.
Para todo ello es imprescindible que te acudas a un abogado especializado en herencias que te aconseje las cláusulas del testamento.

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