Legitima

Hola, buenas noches, mi pregunta es muy sencilla, mi abuelo era de una familia muy adinerada y el año 1922 por problemas en los negocios que tenia pidió la legitima,, el tema es que su padre murió en 1909 y su madre en el año 1918, eran cuatro hermanos, uno sacerdote y otra viuda y otro soltero, mi abuelo se fue del pueblo y le fue fatal, los hijos de su hermana hicieron carrera .muy bien colocados, los hijos de mi abuelo fatal, quedaron huérfanos muy jóvenes y nadie se ocupo de ellos. Concretamente la pregunta es si alguien de la familia de mi abuelo puede hacer solicitud de algún bien monetario, es simple curiosidad, yo soy nieta y afortunadamente no me hace falta el dinero de esta gente para nada. Gracias.

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Las herencias, son claras, siempre se reparten en tres partes, la legítima, el tercio de mejora y el tercerio de libre disposición, quiere decir que a la legítima tienen derecho todos los herederos legales.
Gracias por la respuesta, pero la pregunta concreta es que si habiendo recibido mi abuelo la legitima, sus herederos pueden reclamar algún bien. Gracias
Claro esta, si quedara algo de la legitima de tu abuelo, pasaría automáticamente a sus hijos.

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