Herencia indivisa emigrantes años 20. ¿Usucapión?
Mi abuelo era propietario del 70% de la herencia de su madre. El resto (30%) a partes iguales de los hermanos que emigraron a Latinoamérica hace 80 o 90 años. Al principio había contacto, luego se perdió, de algunos se sabe que tuvieron descendencia, de otro no se volvió a saber nada. Ninguno de los hermanos vive ya pero ignoramos el paradero de todos ni sabemos nada acerca de herederos.
Las fincas (pocas y pequeñas) están escrituradas y siempre las gestionó mi abuelo como poseedor, pagó los impuestos, etc. Se murió mi abuelo hace 20 años y hace unos pocos mi abuela. Mi madre y su hermano son herederos a partes iguales aunque todavía no han hecho aceptación de herencia, y por las circunstancias que se dan ahora tenemos que arreglar papeles. He mirado algo la legislación al respecto y tengo algunas dudas para poder orientar los pasos a dar.
¿Es posible la adquisición por usucapión por parte de mi madre y mi tío del 30 % correspondiente a los hermanos de mi abuelo? ¿Cómo tendríamos que hacer?
Si no es así, ¿Cabe tramitar una declaración legal de ausencia de los hermanos de mi abuelo o de sus herederos para poder adquirir la propiedad de las parcelas?
Si no se puede hacer nada de ésto, ¿Cómo habría que actuar?
Sé que es un tema complicado.
Las fincas (pocas y pequeñas) están escrituradas y siempre las gestionó mi abuelo como poseedor, pagó los impuestos, etc. Se murió mi abuelo hace 20 años y hace unos pocos mi abuela. Mi madre y su hermano son herederos a partes iguales aunque todavía no han hecho aceptación de herencia, y por las circunstancias que se dan ahora tenemos que arreglar papeles. He mirado algo la legislación al respecto y tengo algunas dudas para poder orientar los pasos a dar.
¿Es posible la adquisición por usucapión por parte de mi madre y mi tío del 30 % correspondiente a los hermanos de mi abuelo? ¿Cómo tendríamos que hacer?
Si no es así, ¿Cabe tramitar una declaración legal de ausencia de los hermanos de mi abuelo o de sus herederos para poder adquirir la propiedad de las parcelas?
Si no se puede hacer nada de ésto, ¿Cómo habría que actuar?
Sé que es un tema complicado.
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