Estoy divorciada, tengo una hija menor de edad y un piso con una hipoteca por un importe más bajo del precio de tasación de la vivienda y del precio de venta del piso. En caso de que yo falleciera ¿se congelaría esa hipoteca hasta que mi hija fuera mayor de edad y pudiera hacerse cargo del bien y de la hipoteca? No firme seguro de vida con el banco al formalizar la hipoteca. Entiendo que el banco no puede reclamar a una menor el pago de las cuotas por lo que no se qué ocurriría
Le aconsejo que haga ahora el seguro de vida. Usted ha firmado ante notario un préstamo hipotecario con unas cláusulas que las dos partes han de cumplir. Lo lamento pero no hay ninguna ley que diga que en ciertos casos se puede "paralizar" el pago de una deuda. Hay algunos casos en estos tiempos en que los bancos conceden una moratoria debido a la crisis y porque se están quedando con demasiados pisos. Y por dos o tres años, te dejan pagar solo los intereses y no amortizar capital. Pero hay que pagar. Usted verá en los recibos que cada mes le manda el banco al pagar la hipoteca que el total del cargo es la suma de dos cantidades. Una los intereses y otra el capital. Y observará que cada mes son diferentes. Cada mes más que paga, los intereses disminuyen y el capital que amortiza aumenta. Los bancos nunca aceptarán una moratoria pero si la aceptaran habría que pagar los intereses. Y al final, pagas tres pisos. Y además ¿por cuánto tiempo? ¿Hasta qué su hija sea mayor de edad? ¿Hasta qué cumpla los 18? ¿Y qué saca con eso? ¿Realmente es usted tan optimista con la situación que vivimos y el futuro que se nos presenta de pensar que cuando su hija cumpla 18 años, ya estará trabajando y ganando un sueldo que le permita vivir y pagar la hipoteca? O sea, que tiene que empezar a trabajar a los 17. Por otro lado, las herencias son un derecho. No son una obligación. Hay que aceptarlas o rechazarlas. Y ambas dos cosas se hacen ante notario. Así que al aceptar una herencia (si se acepta), se aceptan bienes y derechos, pero también deudas y obligaciones. Así que a los bancos les da lo mismo. Las leyes ya dicen como va la sucesión en caso de fallecimiento. Y los herederos son los que deben pagar. En caso contrario pierden el piso. No hay ley que obligue a un banco a dejar de cobrar una hipoteca 15... 18... 25 años. Lamento no haber podido darle buenas noticias.
Entonces ¿se permitiría que el menor quedara en la calle? Entiendo que al ser menor, no puede vender el inmueble, con lo que no puede cancelar la hipoteca
Pues en estas cosas no da tiempo de nada. Aunque sea mayor de edad. Porque no se vende de un día para otro y los bancos al segundo mes sin pagar inician el proceso. Y ya digo, lea usted en la copia de la escritura las condiciones que firmó y verá que a partir del segundo mes (algunos el tercero), se da el préstamo como fallido y te reclaman la totalidad de la deuda de golpe más las comisiones de reclamación e impago, que te pegan unas "clavadas" que son impresionantes. Los bancos no se casan ni con su padre. Lamentablemente es así. Y usted verá en la tele como familias con hijos menores se van a la calle por no pagar la hipoteca. Yo comprendo que usted vea "su problema", pero hay miles: Parados de larga duración, el que tiene un accidente y se queda tetrapléjico, (No ha salido del hospital y ya ha perdido el piso), viudas de 85 años (que se quedan con una pensión supermínima), ... y un largo etcétera. Y para estos casos, el gobierno prevé soluciones pero no la que usted busca. Les pueden buscar albergues, casas de acogida, o pagarle el hospital y hasta darle una pensión. Caso de un menor, si no tiene ni padre ni madre ni nadie se hace cargo, hay centros. Ya lo sabe. En la calle no se queda. Es muy duro, pero le estoy diciendo la verdad. Lo que es la realidad. Lo que pasa día a día. Pero los contratos mercantiles (una hipoteca lo es), están para cumplirse. No hay escusas para dejar de pagar. Lamentablemente es así. Es verdad que el seguro de vida vinculado al préstamo es carito, pero es la única solución. Lamento no poder darle mejores noticias, pero no hay nada en la ley para que un menor se quede en el piso sin pagarlo. Pero si que la ley dice que los contratos hay que cumplirlos. De todas formas, en su barrio hay servicios sociales con asistentes sociales. Ellos podrán aconsejarle y darle una idea más exacta que yo de lo que pasa en estos casos con el menor. Pues nada, siento que mi respuesta no sea la que a usted le gustaría, pero no puedo engañarla.