Mi marido y yo hemos heredado de un tío político
Mi marido y yo hemos heredado de un tío político, es decir la mujer era la tía carnal de mi marido. Mi pregunta es, ¿en qué grupo entramos en el III o en el IV? La liquidación es en la Comunidad de Madrid y la segunda es sobre el 3 por ciento que nos cargan sobre el ajuar doméstico, ¿si es por el valor del piso? O por el valor total heredado me refiero a cuentas bancarias, ya que me ha llegado la propuesta de liquidación provisional y me hacen este 3 por ciento por el total de lo heredado.
Muchas gracias.
Muchas gracias.
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Respuesta de fgongar
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