Herencia

Somo dos hermanos, mis padres han fallecido y en el testamento hay una clausula que dice " instituye único heredero de todo los bienes. Derechos y acciones a su hijo ----, sin perjuicio de la legitima estricta que pudiera corresponder a su otro hijo". Mis preguntas son ¿esto es legal? Y si es asi ¿Qué porcentaje de la herencia me corresponde?

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Respuesta
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Para saber el porcentaje hau que tener en cuenta la vencidad civil de los fallecidos, es decir, si viven en territorio de derecho común (la mayoría de España) o en uno de los de derecho Foral (Galicia, País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña o Baleares).
Sin saber, pues, donde vivían sus padres en los últimos 2 o 10 años, no se puede contestar.
Mis padres han vivido en Madrid siempre.
Muchas gracias
La cláusula de la que habla es totalmente legal. Sencillamente le han dejado a uno de los hijos la legítima estricta que por ley le corresponda, en este caso, 1/6 parte de la herencia de cada uno de los padres.
En derecho común (Código civil) se diferencia entre:
• 1/3 de libre disposición que el testador puede dejar a quien quiera
• 1/3 de legítima larga que el testador puede dejar por entero a cualquiera de sus hijos.
• 1/3 de legítima estricta que el testador tiene que dejar por igual a sus hijos. A este tercio se refiere la cláusula del testamento. Como son dos hijos este tercio se divide entre dos, por eso le corresponde 1/6 parte.
Supongo que esta respuesta no le hará mucha gracia, pero es un asunto bastante claro.
De todas formas puede informarse con más detalle en nuestra web www.aherencias.es

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