Usufructo
Hola,
Mi padre falleció hace unos meses y dejó como usufructuaria vitalicia de la vivienda habitual a su mujer. Ahora nos surgen dudas respecto a las obligaciones de cada parte respecto de esta casa. Expongo una serie de preguntas al respecto para hacer más concreta la pregunta genérica:
¿Qué obligaciones tiene la usufructuaria? Es decir, ¿en qué grado tiene que mantener la casa? Por ejemplo, dado que la vivienda tiene unos 30 años, si hubiera que "reformar" la cocina (mobiliario) para actualizarla, ¿a cargo de quien correría? Si se estropea la caldera, una ventana, una puerta, etc.. ¿a cargo de quien corre?
¿La usufructuaria tiene derecho a alquilar la vivienda? ¿En qué condiciones? Si los inquilinos producen desperfectos, ¿quién tiene que correr con los gastos de la reparación? ¿Los propietarios podemos oponernos a que sea alquilada?
Si la usufructuaria decide cerrar la casa sin que sea ocupada, ¿quién tiene que mantenerla?
Los propietarios, si vemos que la casa no se está cuidando debidamente, ¿tenemos algún derecho en reclamar que sea bien atendida? En este caso, la casa tiene un jardín de unos 2000m2, que ya está completamente abandonado, el césped seco, a trozos parcheado porque se ha secado demasiado, heces de perros por ltodas partes, ¿las flores muertas... Qué podemos hacer al respecto?
Si la usufructurai viene a fallecer dejando la casa en mal estado, quien tiene que correr con los gastos de la reparación, ¿los propietarios o sus herederos?
Sé que son muchas preguntas, pero es por acotar el tema.
Muchas gracias de antemano.
Mi padre falleció hace unos meses y dejó como usufructuaria vitalicia de la vivienda habitual a su mujer. Ahora nos surgen dudas respecto a las obligaciones de cada parte respecto de esta casa. Expongo una serie de preguntas al respecto para hacer más concreta la pregunta genérica:
¿Qué obligaciones tiene la usufructuaria? Es decir, ¿en qué grado tiene que mantener la casa? Por ejemplo, dado que la vivienda tiene unos 30 años, si hubiera que "reformar" la cocina (mobiliario) para actualizarla, ¿a cargo de quien correría? Si se estropea la caldera, una ventana, una puerta, etc.. ¿a cargo de quien corre?
¿La usufructuaria tiene derecho a alquilar la vivienda? ¿En qué condiciones? Si los inquilinos producen desperfectos, ¿quién tiene que correr con los gastos de la reparación? ¿Los propietarios podemos oponernos a que sea alquilada?
Si la usufructuaria decide cerrar la casa sin que sea ocupada, ¿quién tiene que mantenerla?
Los propietarios, si vemos que la casa no se está cuidando debidamente, ¿tenemos algún derecho en reclamar que sea bien atendida? En este caso, la casa tiene un jardín de unos 2000m2, que ya está completamente abandonado, el césped seco, a trozos parcheado porque se ha secado demasiado, heces de perros por ltodas partes, ¿las flores muertas... Qué podemos hacer al respecto?
Si la usufructurai viene a fallecer dejando la casa en mal estado, quien tiene que correr con los gastos de la reparación, ¿los propietarios o sus herederos?
Sé que son muchas preguntas, pero es por acotar el tema.
Muchas gracias de antemano.
Respuesta de HYN ABOGADOS
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