No se lo que entiende usted por "abrir el testamento". Imagino que querrá decir, aceptar la herencia.
En este caso hay posibilidades.
Las herencias son un derecho, pero no son una obligación.
O sea, que se pueden aceptar o se pueden rechazar. Tanto lo uno como lo otro ha de hacerse ante notario.
En principio, usted puede rechazar la herencia, y si tiene hijos pasaría a ellos, (es la Ley) que no tienen deudas.
También, puede renunciar a la herencia en favor de una o varias personas. (Por ejemplo sus hermanos). (Si no tiene hijos)
También puede llegar a un acuerdo privado con sus hermanos, por el que ellos compensarían a usted por su parte con una cantidad. Esto es acuerdo privado. Y usted renuncia a su favor.
Por supuesto, ya el piso lo aceptarían los otros y usted no tendría nada que ver.
En fin, como todo en estos temas es el plantearlo y llegar a un acuerdo.
Un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego me finalice la pregunta.
Hasta otra.