A quién le corresponden los intereses

Hola,hablamos en Castilla y León.

Mis tíos,sin descendencia,dejan 2 lineas de herederos,cada uno a sus sobrinos,dejándose uno a otro el usufructo vitalicio.Mi tía muere y mi tío,creo que para poder cambiar su testamento,nos adjudica nuestra parte de la herencia(solo el metálico) menos el 10% de usufructo.278000 euros/2=139000-10%=125100 euros.Pero nos pide por favor que no toquemos el dinero para no partir un plazo fijo bancario.Se paga el modelo 650.

Ahora muerto mi tío pagamos también el modelo 655(extinción del usufructo).

Mis preguntas son:

1º quien paga el funeral de mi tía

2º los 13900 euros que dejamos de usufructo nos corresponden otra vez o no

3º los intereses generados por nuestra parte de dinero (125100 euros)nos corresponden o no.

MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO

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En contestación a su pregunta, decir que los gastos de funeral serán sufragados según el acuerdo que alcancen los herederos.

2º.- Los usufructos una vez fallecidos sus titulares, se extinguen. Si en la herencia de su tía, a su tío en pago de sus usufructo le asignaron una cantidad dineraria y, ésta permanece actualmente, dicha cantidad se computará como herencia a repartir.

3º si abierto el testamento de su tío, de su lectura resultara que Vds, deben percibir la cantidad de 125100 € (plazo fijo), dicha cantidad deberá reflejarse en la escritura de aceptación de herencia a su favor.

En cuanto a los intereses generados por dicho dinero, entendemos que si existe una previsión testamentaria expresa de que ese dinero les sea adjudicado a Vds. por parte del testador, se estará cumpliendo con la voluntad del causante que es la primera fuente normativa del régimen aplicable a la comunidad hereditaria (la comunidad hereditaria es el periodo que va desde el fallecimiento del causante hasta la aceptación de su herencia).

Sin otro particular.

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