Seguro de vida

Si soy el beneficiario de un seguro de vida de mi madre, hecho por ella por una cantidad de dinero. ¿Se lleva hacienda alguna cantidad de ese dinero antes de entregármelo la aseguradora?. En este caso un Banco.El dinero asegurado es de 30.000 €. Gracias.

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Con carácter general, podría decirse que la entidad tendría que practicarte retención y posterior ingreso a cuenta en Hacienda de un porcentaje (similar al de las retenciones que se practican de la nómina). Posteriormente, cuando hagas la pertinente declaración de IRPF, supongo que te "salga a devolver" y te repongan lo que corresponda.

Existen productos de seguros que no están sujetos a ésta retención (pero tendrás que consultarlo a quien te los ofrece. En cualquier caso, esos 30.000€ tendrías que declararlos en el IRPF y tributar por ellos igualmente.

El tributo a hacienda de ese dinero aproximadamente cuanto es?. Gracias

Lo que en esencia es "TRIBUTO" dependerá del resto de tus ingresos ese año. Así, no es lo mismo que en el año que suceda la muerte de tu madre sea tu único ingreso, que si percibes otras rentas (por ejemplo, del trabajo) y de tus circunstancias personales (que no conozco). A grosso modo, y por ponerte un ejemplo, podría ser como sigue:

Si ese año, los 30.000€ son tu único ingreso, pagarías el 15%

Si ese año, supongo que tengas trabajo y ganes por el 15.000€; serían 15.000+30.000=45.000€ que tributan al 17%.

Si, por el contrario, preguntas ¿cuánta retención tendría? Te pueden informar mejor en el banco, ya que, de un lado influye el tipo de producto asegurador que sea, y por otro, de nuevo, tus circunstancias personales (que seas soltero, casado, con hijo, sin ellos) ademas, para complicarlo un poco mas, serían aplicables las circunstancias que se den en el año del luctuoso echo y que todos los años, la escala sufre modificaciones...

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