¿Podemos renunciar a una herencia sin afectar a lo ya heredado de nuestros padres?

Buenos días; hace un año heredé, junto a mis hermanos, un piso y algo de dinero de mis padres, todo ello en testamento y a partes iguales. Aceptamos la herencia y tenemos todo bien arreglado.
Un tío mío, falleció en 1974, siendo su esposa usufructuaria de una casa heredada de mis abuelos y dueña del 50% de un piso y usufructuaria del otro 50% (esto lo hemos descubierto ahora que ha llegado a nuestras manos un auto de 1981 en el que la nombraban usufructuaria de todos los bienes de su marido y nombraban herederos a mi madre y a mi tío). Ahora, la viuda, renuncia al usufructo y nos entrega toda la documentación, ¿podemos renunciar a esta herencia sin perjudicarnos en lo ya heredado?

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Me va a perdonar, pero no entiendo en qué le puede perjudicar aceptar más bienes

Buenas tardes, la esposa de mi tío ha renunciado al usufructo ya que el ayuntamiento ha iniciado expediente de declaración de ruina y en este momento no podemos hacer frente a esos gastos.

En principio sí que pueden, pero sin tener a la vista toda la documentación del asunto, no puedo darles una respuesta determinante, por lo que les aconsejo acudan al despacho de un Abogado para que él vea -con toda la documentación- la solución correcta.

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