¿Qué parte le toca a la hija de mi pareja de la herencia de su abuela?
Al hijo de mi pareja, huérfano de padre y menor de edad ha recibido la herencia de su abuela.
En este documento transcribo lo siguiente:
-Primera.- Lega a su antes citada cónyuge el usufructo universal y vitalicio de su herencia, relevandole de las obligaciones de hacer inventario y prestar fianza.
Ruega a sus herederos que respeten el legado del usufructo universal antes asignado, con la prevención que el que no lo respete vera reducida su participación a su legítima estricta, acreciendo cuanto exceda de ella al que lo acepte.
Si ninguno de los coherederos e respeta la anterior disposición, lega a su marido la parte de libre disposición en pleno dominio, además de la cuota Vidal usufructuaría que la ley la reconoce.
-Segunda. Lega a su nieto... Hijo del fallecido... Lo que la legítima le corresponda, sustituida vulgarmente por sus respectivos descendiente.
-Tercera . Instituye por sus universales herederos a sus dos hijos... ... Y confiere a sus herederos la facultad de pago en metálico de la porción legitimaría que corresponde a ... ( hijo de mi pareja)
Este documento que lo hemos recibido siete meses después del fallecimiento del abuelo nos genera ciertas dudas.
1- ¿Qué es lo que le queda al heredero?
2- ¿Qué pasa si pide lo que le corresponde de esta herencia y como afecta a la próxima correspondiente al otro abuelo?
3- Que hay que hacer para pedir la herencia.