¿Se puede entender que un bien queda excluido de la masa hereditaria por usucapión previa?

Buenos días,

Mi madre tiene un piso que recibió de mi abuela. Por circunstancias, cedió el uso del mismo a mi hermano para que lo tuviese como vivienda habitual, sin llegar a donárselo y asumiendo mi hermano al mantenimiento del mismo, pago de suministros etc....

Esta situación, se ha prolongado por casi 10 años. Momento en el que mi hermano comenzó la convivencia con su pareja en el piso de esta.

Posteriormente, mi hermano se ha montado un negocio propio y tiene como domicilio social la dirección del piso de mi madre.

En el momento en el que fallezca mi madre y de que dicho piso entre en la masa hereditaria, ¿Puede mi hermano aducir que ha adquirido dicho bien por usucapión antes del fallecimiento de mi madre y que por lo tanto dicho bien le pertenece?.

Si la respuesta fuese positiva. ¿Qué medios tengo en Derecho para interrumpir los plazos o evitar esa situación futura?

Gracias.

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Para que se adquiera un inmueble por usucapión se requiere un procedimiento judicial previo en el que el Juez, a la vista de la pruebas presentadas, estime si se ha adquirido o no dicho inmueble por la posesión continuada, y con la concurrencia de los requisitos, que en cada supuesto se exige. Es complicado adquirir por usucapión.

Ademas la posesión debe ser continuada, y en su caso se interrumpió.

De todas formas verifique quien paga las contribuciones, los gastos de comunidad y demás cuestiones, y cual es la voluntad de su madre sobre dicho bien.

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