Mi pregunta es referente a herencias y cambios de escritura.

Buenas tardes. Expongo mi situación: Mi abuela falleció hace unos 8 años sin hacer testamento. Mi abuelo, que sigue vivo, en ese momento decidió realizar un "reparto" de bienes, dejando a mi madre y mis tíos una serie de viviendas. En concreto a mi madre le dejó dos apartamentos. Uno de los apartamentos tiene su propia escritura como vivienda individual pero el otro es un apartamento que se hizo dividiendo una vivienda más grande , es decir, de una vivienda, se hicieron dos, una fue para mi madre y la otra para uno de mis tíos, pero solo existe una escritura. El tema es todo está a nombre de mi abuelo y queremos cambiarlo a nombre de mi madre. ¿Cómo debemos proceder ?,¿Qué costes puede tener todo el proceso?

Espero su respuesta. Gracias de antemano

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Me indica que registralmente la vivienda que se ha dividido en dos está en la actualidad a nombre de su abuelo, por lo que, estando él aún con vida, lo más práctico es que se haga una donación de la misma a nombre de su madre.

Habría que acumular una acción de segregación de fincas, para que de una vivienda se puedan realizar dos escrituras y cada una tenga acceso al registro de la propiedad con un número de finca diferenciado.

Este trámite conlleva gastos notariales y también de un técnico (puede ser un arquitecto técnico) que haga el proyecto de división/segregación física de la finca.

Es decir, aunque físicamente la realidad de las fincas las hagan habitables con independencia la una de la otra, al registro de la propiedad hay que acompañar un certificado de un técnico competente que vise que el proyecto es adecuado para la habitabilidad de ambas fincas.

No puedo indicarle el costo de este tercer profesional que tiene que intervenir.

En el plano jurídico, habrá que hacer una segregación registral y ver la mejor opción para adjudicar la finca, ya que dependiendo de la CCAA dónde se encuentre situada la misma, se tendrán que valorar los términos jurídicos.

También es importante determinar si la finca era o no ganancial, para saber si hay que adjudicar la herencia de la abuela o no.

Le invito a que visite nuestra página web, en la que podrá ver cual es nuestra manera de trabajar.

Cualquier cuestión que desee saber, no dude en ponerse en contacto con nosotros en el 915487550
[email protected] o a través de nuestra página web en el apartado consulta:
www.willsandlaws.es

[email protected]

Lo primero, agradecer su tiempo y dedicación. Solo una duda, comenta en su respuesta que habría que tener en cuenta si las fincas (son dos), un apartamento individual y el otro que comparte escritura con otro apartamento contiguo que es de mi tío, son gananciales. Efectivamente, no hay separación de bienes en el matrimonio, todo es ganancial. ¿Cómo afectaría este detalle al procedimiento?

Gracias

Si la finca es ganancial, la mitad de la misma estará aún a nombre de su abuela, por lo que primero habrá que hacer la adjudicación de herencia de su abuela para que el 50% de la finca de referencia esté ya adjudicada.

Después se podrán realizar todos los trámites de segregación y adjudicación posterior.

Un saludo, no dude en solicitar una aclaración si necesita más información.

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