Lamento tener que decirle lo mismo.
Usted puede ser nombrado como heredero, pero SOLO USTED, es el que debe decidir si acepta o no la herencia.
Y ha de hacerlo notarialmente.
Lamento que mi contestación no sea la que le interesa, pero no estoy aquí para "contentar". Estoy aquí para informar con veracidad de lo que son las leyes.
Imagine que le dejan una herencia de tres pisos con hipotecas, y una empresa con deudas en la seguridad social y en hacienda y con embargos múltiples por préstamos no pagados.
¿Qué pasaría si le dijeran que pagara?. Pues que usted diría que no está obligado a aceptar la herencia. Que si la acepta, ya pagará.
¿Usted cree que hacienda le podría embargar a usted su piso, o su nómina?
¿O los bancos o la seguridad social?
No ¿verdad? Porque usted no ha aceptado nada y nadie le puede obligar a aceptarlo.
Pues en esas estamos.
Cuando ejerza su derecho y acepte, será suyo.
Mientras, no.
Es la Ley.
Aunque a usted no le interese.
Hasta otra.