Sobre posible despido
En primer lugar agradecerle el interés que se tome por el tema que expongo.
Un trabajador laboral fijo de un ayuntamiento, fue expedientado y sancionado con suspensión de empleo y sueldo durante 6 meses, a lo que recurrió el trabajador y obtuvo una sentencia favorable en la que la empresa tenia que levantarle la sanción, abonarle los salarios y readmitirlo, aunque en otro puesto de trabajo distinto al que venía desarrollando (ya que una decisión de lo penal le obligaba a estar alejado de su puesto de trabajo). Tras 4 años de desempeñar su labor de manera correcta en el puesto que la empresa le designo, el juzgado de lo penal dicto sentencia contraria al trabajador, aunque sin perdida de libertad. La empresa hasta transcurridos 2 meses y medio desde que se dictara la sentencia, no le comunica al trabajador por medio de la concejalía de personal la propuesta de despido basada en el artículo 54.2.e del Estatuto de los Trabajadores, en la que se le da un plazo de 5 días para que realice alegaciones.
Mis preguntas son las siguientes:
¿No ha pasado mucho tiempo desde la sentencia hasta la comunicación por parte de la empresa?
¿Qué interpretación se hace del articulo 54.2.d del E. De los Trabajadores a que alude la empresa?
¿Si ya sanciono la empresa una vez, puede volver a hacerlo?
¿Si se ha castigado al trabajador en el terreno penal, se puede a la vez hacerlo en el laboral? ¿No seria esto pagar 2 veces por el mismo delito?
¿Si se consuma el despido, puede el trabajador presentar recurso ante el juzgado de lo social y estar cobrando el paro, o por el contrario debe de estar sin cobrar nada durante 3 o 4 meses hasta que se dicte sentencia?
¿Qué plazo tendría para presentar el recurso?
Espero su respuesta.
Un Saludo.
Un trabajador laboral fijo de un ayuntamiento, fue expedientado y sancionado con suspensión de empleo y sueldo durante 6 meses, a lo que recurrió el trabajador y obtuvo una sentencia favorable en la que la empresa tenia que levantarle la sanción, abonarle los salarios y readmitirlo, aunque en otro puesto de trabajo distinto al que venía desarrollando (ya que una decisión de lo penal le obligaba a estar alejado de su puesto de trabajo). Tras 4 años de desempeñar su labor de manera correcta en el puesto que la empresa le designo, el juzgado de lo penal dicto sentencia contraria al trabajador, aunque sin perdida de libertad. La empresa hasta transcurridos 2 meses y medio desde que se dictara la sentencia, no le comunica al trabajador por medio de la concejalía de personal la propuesta de despido basada en el artículo 54.2.e del Estatuto de los Trabajadores, en la que se le da un plazo de 5 días para que realice alegaciones.
Mis preguntas son las siguientes:
¿No ha pasado mucho tiempo desde la sentencia hasta la comunicación por parte de la empresa?
¿Qué interpretación se hace del articulo 54.2.d del E. De los Trabajadores a que alude la empresa?
¿Si ya sanciono la empresa una vez, puede volver a hacerlo?
¿Si se ha castigado al trabajador en el terreno penal, se puede a la vez hacerlo en el laboral? ¿No seria esto pagar 2 veces por el mismo delito?
¿Si se consuma el despido, puede el trabajador presentar recurso ante el juzgado de lo social y estar cobrando el paro, o por el contrario debe de estar sin cobrar nada durante 3 o 4 meses hasta que se dicte sentencia?
¿Qué plazo tendría para presentar el recurso?
Espero su respuesta.
Un Saludo.
4 respuestas
Respuesta de joseaf2
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Respuesta de froschja
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Respuesta de nuriai
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Respuesta de balandin01
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