Sobre posible despido

En primer lugar agradecerle el interés que se tome por el tema que expongo.
Un trabajador laboral fijo de un ayuntamiento, fue expedientado y sancionado con suspensión de empleo y sueldo durante 6 meses, a lo que recurrió el trabajador y obtuvo una sentencia favorable en la que la empresa tenia que levantarle la sanción, abonarle los salarios y readmitirlo, aunque en otro puesto de trabajo distinto al que venía desarrollando (ya que una decisión de lo penal le obligaba a estar alejado de su puesto de trabajo). Tras 4 años de desempeñar su labor de manera correcta en el puesto que la empresa le designo, el juzgado de lo penal dicto sentencia contraria al trabajador, aunque sin perdida de libertad. La empresa hasta transcurridos 2 meses y medio desde que se dictara la sentencia, no le comunica al trabajador por medio de la concejalía de personal la propuesta de despido basada en el artículo 54.2.e del Estatuto de los Trabajadores, en la que se le da un plazo de 5 días para que realice alegaciones.
Mis preguntas son las siguientes:
¿No ha pasado mucho tiempo desde la sentencia hasta la comunicación por parte de la empresa?
¿Qué interpretación se hace del articulo 54.2.d del E. De los Trabajadores a que alude la empresa?
¿Si ya sanciono la empresa una vez, puede volver a hacerlo?
¿Si se ha castigado al trabajador en el terreno penal, se puede a la vez hacerlo en el laboral? ¿No seria esto pagar 2 veces por el mismo delito?
¿Si se consuma el despido, puede el trabajador presentar recurso ante el juzgado de lo social y estar cobrando el paro, o por el contrario debe de estar sin cobrar nada durante 3 o 4 meses hasta que se dicte sentencia?
¿Qué plazo tendría para presentar el recurso?
Espero su respuesta.
Un Saludo.

4 respuestas

Respuesta
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No lo dices, pero veo bastante claro que el caso penal está relacionado con el laboral. Vamos, que cometiste un delito en el trabajo
1- Es una falta muy grave que prescribe a los 60 días desde que la empresa tiene conocimiento de los hechos.
2- Despido disciplinario. Obvio.
3- Sí. Si vas con el coche de la empresa borracho, te multarán, te encarcelarán en su caso y te despedirán.
4- Cobrarás paro recurras o no, y tienes 20 días para recurrir.
www.laboro.es.gd
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Me gustaría poder responderle sobre el tema planteado, pero encontrándome en la Argentina, y ante lo delicado del tema, me parece prudente que interese la misma consulta ante algún letrado de españa. Si bien en las legislaciones laborales de distintos países pueden existir similitudes, existen por demás, detalles que hacen un sistema específico, por lo que puede que mi respuesta no sea la adecuada al caso, toda vez que puedo responder sobre la legislación laboral argentina. Espero pueda encontrar en este mismo sitio otro experto residente en españa-.
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Como no me indicas el motivo por el que fue sancionado y juzgado, ¿desconozco la naturaleza de la falta y por tanto no puedo saber a que apartado del artículo 54.2 se refieren?.
De todas formas, imagino que se trata de una falta muy grave para que se llegue a dar despido, y la acción para interponer una sanción (incluido despido) por una falta muy grave prescribe a los 2 meses de que se conoce, y, en todo caso, a los 6 meses de haberse cometido. Al tratarse de un plazo de prescripción, puede ser interrumpido en su computo, que habrá sido este el caso.
Se supone que no se puede sancionar dos veces una falta, pero carezco de todos los datos para valorarlo, ya que desconozco tanto la falta, ¿cómo el motivo del despido?.
El desempleo va a poder cobrarlo desde el primer día, independientemente de que presente demanda por despido, lo único que perderá salarios de tramitación (en caso de ser condenados a su pago) al estar cobrando paro.
El plazo para presentar demanda por despido es de 20 días hábiles desde el día siguiente del despido.
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Y perdón por el retraso. Por la complejidad del caso y por tratarse de un problema laboral en organismo publico, no puedo indicarle en estos momentos una respuesta precisa y le aconsejo que contacte con un abogado penal o laboral más especializado en procesos judiciales.

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