Derecho a prestación

Hola,
Mi marido trabaja en un ayuntamiento y hasta ahora (tras sentencia de inspección de trabajo) no le han reconocido los años trabajados en él (aunque sólo los 4 últimos ya que los demás, 16, han preescrito) en total legalmente reconocidos tiene 5 (los 4 + 1 pasado hasta el reconocimiento) ahora lo quieren echar pero todavía no le han presentado, ni ha firmado el contrato. Si lo echaran ¿tendría derecho a 2 años de paro o 1?, puesto que legalmente no tiene reconocidos 6 años trabajados).
En el caso de marcharse de allí quiere hacerse autónomo, ¿podría capitalizar el paro?
Sino lo capitalizara y empezara a trabajar por su cuenta ¿Puede retener el paro, para que en el caso de que no le fueran bien las cosas, solicitarlo más adelante?
Gracias por su atención.

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El enlace que te indico a continuación:
http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/pdf/GuiaPrestacionContributiva.pdf
Te puede ser muy útil y resuelve todas las preguntas que planteas, si tienes alguna duda al respecto vuelves a preguntarme.
Podrá capitalizar el desempleo dependiendo del tipo de sociedad que haga, conviene antes de hacer una empresa informarse al respecto en el SPEE (INEM) para ver que tipo de personalidad jurídica puede convenirle.

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