¿Despido improcedente con previo aviso?
Aunque todas referentes al mismo tema.
Trabajaba para un cliente de mi empresa que dejó de necesitar mis servicios (una subcontrata) y por el momento estoy parado, aunque voy religiosamente a la oficina. Recientemente me han pasado una carta de despido un poco extraña.
Para empezar es efectiva el día 31 de enero, me han dicho que me tienen que avisar con 30 días de antelación, no consgio información al respecto pero creo que me podrían despedir el mismo día, así que no termino de entenderlo y no se que significa.
Además asumen la improcedencia del despido pero me ponen una causa por despido objetivo, "el puesto por el que fui contratado ha dejado de existir..." (el 52. B del estatuto de los trabajadores) aunque realmente no tengo nuevo puesto de trabajo ni me asignan tarea alguna aunque yo lo pida. No se si esto me puede perjudicar de alguna u otra manera.
La indemnización que me han ofrecido es relativa al salario bruto que tengo, sin las dietas de transporte (en la nómina aparece mensualmente 110 euros como "Plus transporte" como "Otras percepciones no salariales"), y no se si estas deberían ir incluidas en la indemnización.
En la misma carta me dicen que esta indemnización así como los documentos para el INEM me los darán el 3 de febrero, ¿aunque creo que debería ser el mismo día del despido no? Ya la he firmado pues me han dicho que aunque el importe este mal luego se recalculará, aunque no me fio un pelo.
Por último, aunque esto lo tengo más claro de leerlo en otras respuestas, me dijeron que esto no tenía retención del IRPF ni nada, y según creo es cierto.
Trabajaba para un cliente de mi empresa que dejó de necesitar mis servicios (una subcontrata) y por el momento estoy parado, aunque voy religiosamente a la oficina. Recientemente me han pasado una carta de despido un poco extraña.
Para empezar es efectiva el día 31 de enero, me han dicho que me tienen que avisar con 30 días de antelación, no consgio información al respecto pero creo que me podrían despedir el mismo día, así que no termino de entenderlo y no se que significa.
Además asumen la improcedencia del despido pero me ponen una causa por despido objetivo, "el puesto por el que fui contratado ha dejado de existir..." (el 52. B del estatuto de los trabajadores) aunque realmente no tengo nuevo puesto de trabajo ni me asignan tarea alguna aunque yo lo pida. No se si esto me puede perjudicar de alguna u otra manera.
La indemnización que me han ofrecido es relativa al salario bruto que tengo, sin las dietas de transporte (en la nómina aparece mensualmente 110 euros como "Plus transporte" como "Otras percepciones no salariales"), y no se si estas deberían ir incluidas en la indemnización.
En la misma carta me dicen que esta indemnización así como los documentos para el INEM me los darán el 3 de febrero, ¿aunque creo que debería ser el mismo día del despido no? Ya la he firmado pues me han dicho que aunque el importe este mal luego se recalculará, aunque no me fio un pelo.
Por último, aunque esto lo tengo más claro de leerlo en otras respuestas, me dijeron que esto no tenía retención del IRPF ni nada, y según creo es cierto.
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Respuesta de Asade Sindicato
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