Reducción de jornada

Hola buenos días, hace menos de un mes planteé una pregunta a uno de los expertos en derecho laboral y quedé sumamente agradecida. Por ello mismo vuelvo a este foro a informarme de más dudas.
En resumen, mi caso es el siguiente: madre con tres niños ( 5 meses, 2 años y 4 años), que quiere reducir jornada (anterior de 8:30 A 5:30 partida y con una hora para comer, de 2 a 3), la solicitada ( 8:30 a 3:30) continua y resultante de una reducción de 1/8.
Tras escribir carta correspondiente a RRHH de empresa con mi petición, se me comunica que mi contrato indica jornada partida y que si bien me admite reducir 1/8 tengo que partir la jornada ( haciendo horario de 8:30 a 2, comida 2 a 3 y resto de jornada de 3 a 4:30) como especifica mi contrato( jornada patida inclusive en verano). Ante mi imposibilida de ir a buscar a mis hijos en el horario que me proponen y la imposibilidad de reducir más por condiciones económicas, paso a hablar con C.C.O.O. ( el sindicato). Me indican que lo que pido es posible y me escriben una segunda carta para entregar en la empresa en la que nombran indicando las leyes y artículos correspondientes cuales son mis derechos, así mismo especifican que la empresa está abierta de cara al público initerrumpidamente de 8 a 17:45 ( cosa que el delegado desmiente pese a que hay contratos que especifican horarios incluidos en esas franjas horarias con jornadas tanto continuas como disconíuas algunos por obra y servicio y otros indefinidos ). A pesar de todo ello, me niegan otra vez la posibilidad. El sindicato me indica mi posibilidad de demandar, pero a su vez me comunican que la demanda tardará unos tres meses en llegar al juzgado ( vivo en Baleares y solo hay 4 juzgados de lo social). ¿Qué hago mientras? El sindicato me ha indicado que si no hago el total de mi jornada en estos tres meses y reduzco de otra manera a la solicitada continua, mi petición pierde fuerza frente a un juicio. El problema es que yo no puedo hacer la completa. ¿Cómo puedo solucionar esto?
Empiezo a trabajar el lunes 12. Para trabajar no necesito estar en oficina y dado que visito instalaciones y empresas mis horarios reales dependen del de estas y no del de mi oficina.
Muchas Gracias

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La realidad es que en el Estatuto dice que el horario que te pongas tiene que estar dentro del que hacías y el intervalo de 14:00 a 15:00 no lo está. Por tanto en principio no tienes razón. Ahora bien, si la empresa está abierta y tus funciones tienen la misma productividad en esa hora que por la tarde entonces puede que el juez te de la razón, pero serás tú quien lo tenga que demostrar, no la empresa quien tenga que demostrar lo contrario.
Lo que es falso totalmente es que tengas que seguir haciendo jornada partida. Mientras que el horario que te pongas esté dentro del anterior no hay limitaciones. Una solución es ponerte jornada completa de lunes a miércoles y jornada de 8.30 a 14.00 jueves y viernes. De esta forma te quitas también 5 horas a la semana y es perfectamente válido. Pero creo que lo mejor es que te pongas de 8.30 a 14.00 todos los días. Así te quitas 12.5 horas a la semana y ese juicio lo ganas como que hay Dios, mientras que el otro... Con sólo el dinero que te vas a ahorrar en comidas fuera de casa ya compensas el precio de esas 12,5 horas. Además ojo, que el plus de transporte no te lo pueden reducir. Lee el artículo de mi web.

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