¿Finiquito si pido baja voluntaria?

Y decir que ya he leído muchas respuestas interesantes pero me he decidido a exponer mi caso para ver una respuesta más a mi caso. Os comento.
Llevo trabajando en una empresa de reparto a domicilio hará cosa de 4 años y pico, por nomina cobro 650 Euros, mi mes de vacaciones y sin pagas dobles. Hasta el día de hoy ha ido bien la cosa, sin problemas que digamos. Actualmente tengo 24 años y aspiro a algo más que ser un repartidor, con lo que me voy a preparar unas oposiciones, y para "ayudarme" a mi mismo a prepararme esas oposiciones voy a ir a las Fuerzas Armadas.
Mi contrato actual es por obra y servicio mientras haya trabajo, la cosa es que en "negro" pues, cobro más contra más trabajo haya, pero día a día, cada vez hay menos trabajo y cada vez cobro menos, y no interesa el trabajo ya, aparte de lo dicho arriba de que aspiro a algo mejor. Sin faltar respeto a nadie.
La cosa es, que después de estar leyendo, según tengo entendido, que si pido la baja voluntaria, no tengo derecho ninguno a finiquito.
Me gustaría saber, si eso es cierto, o sea, si por pedir la baja voluntaria, digamos que pierdo todo. Referente a los años trabajandos, ¿supongo qué el paro " se me guarda" para cuando lo quiera usar no?, ¿O también perdería el poder coger el paro cuando me hiciera falta?.
Resumo, mis preguntas:
- ¿Puedo coger finiquito?
- ¿Los meses "acumulados" para el paro se me guardan?
- Si lo de perder el finiquito es así, ¿hay alguna manera para poder coger el finiquito?

1 respuesta

Respuesta
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Al finiquito siempre se tiene derecho tanto si te vas tu como si te despiden. Consta de lo siguiente:salario del mes en curso del cese y parte proporcional de las pagas extras y vacaciones.
Conforme regula la normativa sobre protección por desempleo, tras cesar voluntariamente en un trabajo no se tiene derecho a prestaciones por no estar en situación legal de desempleo. Si se trabaja después y se cesa en ese nuevo trabajo por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, cuando han transcurrido menos de tres meses desde la baja voluntaria del empleo anterior, tampoco se tiene derecho a prestación por desempleo por la misma razón (no acreditar situación legal de desempleo).
Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.
Gracias por la primera parte, pero sigo sin entender, según he estado leyendo, el finiquito también costa de 45/20 días por cada año trabajado. No me queda claro esa parte, o sea si llevo 4 años trabajados, ¿hay qué sumar esos 20 días por año trabajado por baja voluntaria o 45? ¿O nada?.
Y lo otro, en paro, es decir si llevo 4 años trabajados me corresponde creo qrue son 16 meses de paro, si pido baja voluntaria ya se que no puedo pedir el paro, ¿pero esos 16 meses de paro se me guarda para cuando en otro trabajo termine contrato por cualquier otra cosa?
Vamos a ver. Yo parto de la base de que te marchas tu voluntariamente de la empresa. En ese caso no se tiene derecho a a la indemnización por despido(ni 45 ni 20 días por año de servicio PORQUE TE MARCHAS TU, NO TE DESPIDEN, por que no se trata de un despido sino de una baja voluntaria.
Eso me ha parecido entender de la lectura de tu pregunta.
Pero si tienes derecho al finiquito.
En cuanto a lo del paro, tienes razón, se te guarda. Si trabajas más de 3 meses en un nuevo
empleo y finaliza por motivos ajenos a tu voluntad(despido, finalización de contrato)si tendrías
derecho a el.
Ok, entendido, ahora toca hablar con la empresa a ver si se quiere portar bien y me hacen algún chanchullo :P.
Muchas gracias por las rápidas contestaciones.

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