Baja voluntaria en ERE

La empresa tramita y tiene aprobado un ERE en el que prevé bajas voluntarias y forzosas, ambas con las mismas condiciones. Las forzosas se llevarán a cabo si no se completa con las voluntarias el número de bajas previstas.
La cuestión es si acogiéndose a la baja voluntaria, al estar enmarcada en un ERE, se tiene derecho a la prestación por desempleo o se considera una baja voluntaria normal y, por tanto, no tiene derecho a paro.

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Puesto que su empresa va a hacer un ERE, tanto las bajas voluntarias como las forzosas, van a tener los mismos derechos, y la voluntariedad, solo va a quedar reflejada de puertas para dentro. Usted verá si quiere seguir trabajando o cobrando el paro.

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