Finalización prestación por desempleo y embarazada

Estoy embarazada de 4 meses y medio, y voy a empezar a cobrar la prestación por desempleo (me han concedido 4 meses por haber trabajado 365 días).
La cuestión es que antes de solicitar dicha prestación, me encontraba de baja por enfermedad (riesgo en el embarazo), había finalizado el contrato de trabajo y solicite el pago directo al INSS. He estado cobrando 39 días que se me descontarán de la prestación por desempleo.
Mi pregunta es, ¿qué debo hacer para cobrar la baja por maternidad? ¿Ya qué si me descuentan esos días no llego a tiempo para pedir la baja por maternidad dentro de la prestación por desempleo? Tengo entendido que si no hay prestación o no estas trabajando no se tiene derecho a la baja de maternidad pagada por el inss, ¿es cierto?
¿Debería de coger la baja de nuevo por enfermedad y posteriormente coger la baja de maternidad 10 semanas antes de la fecha prevista de parto?
Por favor, necesito información sobre todo esto, ya que me tiene muy preocupada, por cuestión económica.

1 Respuesta

Respuesta
2
En este aspecto, comentarte a modo general, que tanto las bajas del INSS como las prestaciones por desempleo corren a cargo de la Tesorería de la Seguridad Social, es decir, para que nos entendamos "salen del mismo saco".
Con esto quiero indicarte que, efectivamente, si no estas trabajando (con lo cual tu empresa paga la parte correspondiente a la cotización de la S.S) o cobrando el desempleo no tendrás derecho a la percepción por maternidad.
Indicarte igualmente que, en caso de disponer de 4 meses de desempleo, siempre es más recomendable cobrar el desempleo que la baja médica, pues a modo de contabilización cuentan de igual forma y el porcentaje de baja médica puede variar de un 60-80% de la basem con lo que tu percepción será menor.
Indicarte también, que si sufres un embarazo de riesgo y has sido despedida por tu empresa en esta situación, deberías acudir inmediatamente a un abogado laboralista o a magistratura de trabajo para que te asesoren, pues estamos ante un caso de despido nulo.
Gracias por tu respuesta.
En primer lugar, no estoy segura de que se trate de despido nulo, ya que se me terminó el contrato. Lo que sí es cierto que se termino el contrato estando de baja por riesgo de aborto.
En segundo lugar, mi intención es cobrar la baja por maternidad, me han concedido el paro hasta el 24 de agosto (13 semanas antes de la fecha prevista de parto).
¿Qué puedo hacer para poder cobrar la baja de maternidad?
Esa es mi principal duda.
Gracias.
Si se finaliza el contrato efectivamente no hay mucho que hacer en este aspecto, embarazada o con riesgo no pueden despedirte (al menos no por la causa de la baja, pero si por otras razones) pero si se finaliza casualmente el contrato no están obligados a renovarte.
Respecto a la baja de maternidad, si no estas trabajando, y además si se te finaliza el paro antes de la fecha prevista para el parto, siento comunicarte que no podrás recibir ninguna prestación.
A modo general en las prestaciones el periodo no se amplia, es decir, si dispones de 4 meses de paro podrías estar 2 meses de baja y 2 de paro, o todos de baja o todos de paro pero en ningún caso serian acumulables.
El período de percepción de la prestación por desempleo no se ampliará por la circunstancia de que el trabajador pase a la situación de incapacidad temporal o maternidad. Durante dicha situación, la entidad gestora de las prestaciones por desempleo continuará satisfaciendo las cotizaciones a la Seguridad Social conforme a lo previsto en el párrafo b) del apartado 1 del artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social.
En resumen, si el paro se te acaba antes de dar a luz, no tendrás derecho a ninguna prestación, no obstante, y dependiendo de tu situación económico-familiar podrías solicitar algún subsidio.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas