Empleada hogar

Antes de nada agradeceros el tiempo en contestar mi pregunta. La verdad es que estoy muy preocupado.
El tema es el siguiente, contraté a jornada completa (dada de alta en la seguridad social y con contrato) a una persona como empleada de hogar a primeros de este año 2009 para el cuidado de la casa y mis hijos.
La verdad es que hubiera preferido que trabajase como autónoma, pero me pidió por favor que le diese de alta para arreglar unos papeles y acepté.
Los primeros meses todo fue muy bien, pero una vez obtuvo los papeles, las faltas de asistencia sin justificar (ni tan siquiera llamando para informar) han sido continuas, hasta el punto de que las últimas semanas ha faltado más días que ha venido (por supuesto sin justificar).
Después de esto le comentamos que lo sentíamos pero que no podíamos seguir así (mi esposa y yo trabajamos y lo que tenía que ser una ayuda, no sólo no es una ayuda sino que se ha convertido en un problema).
Esta mañana un familiar ha ido a dar de baja en la seguridad social a la empleada y yo me he quedado al cuidado de mi hijo de 1 año de edad (por supuesto y, como siempre, teniendo que dar explicaciones a mis jefes, los cuales por suerte de momento entienden mi preocupación).
Por su parte, hoy tampoco ha venido a trabajar (las 9am es su hora teórica de entrada) pero cual es mi sorpresa que se presenta a las 10am diciendo que se ha cogido la baja por depresión (me ha presentado la baja del médico, no firmada por el INSS).
Yo tenía la carta de despido con el finiquito firmada del viernes pasado (26-junio) pero como ni vino a trabajar, ni llamó para informar de los motivos, ni cogió mis llamadas (me dice que le robaron su móvil) no pude contactar con ella. Hoy me ha dicho que no aceptaba la carta (no la ha cogido) y que hablaría con su abogado para ver como proceder.
Perdón por toda la explicación, pero desconozco como actuar en estos casos y estoy muy preocupado. Para mi, ahora mismo, lo más importante es deshacer la relación laboral con esta persona de la mejor forma posible para ambas partes y olvidarme de esto (me siento totalmente engañado).
Tengo las siguientes preguntas:
- Al haberse producido ambas bajas (laboral y de Seguridad Social) casi en unidad de acto, ¿consta cómo despido o consta como que está de baja por enfermedad? ¿Dónde puedo comprobar la resolución? ¿Necesito la aprobación de ambas partes (empleado y empleador) para no tener que ir por vía jurídica?
- En caso que prevalezca la baja por enfermedad, ¿quién se hace cargo del salario y de la cuota de la seguridad social a futuro? ¿Debo esperar a que le den de alta para proceder al despido?
- En caso de que prevalezca el despido, ¿cómo hago para asegurarme que todos estamos conformes (ni tan siquiera ha aceptado la carta)? ¿Debo realizar el pago del finiquito aun sin tener su aprobación?

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Lo primero y más conveniente. Acude a un abogado. Gran parte de lo que te ha ocurrido no hubiera sucedido si hubieras estado correctamente asesorado.
Si has dado de baja a la trabajadora en Seguridad Social y le has intentado entregar una carta de despido, entiendo que ya se ha producido el despido, aunque no sé el contenido de la carta y si estaba correctamente elaborada.
El problema es que si nadie estaba presente en el momento de entrega de la carta, va a ser complicado acreditar que trataste de entregársela. En todo caso, si la carta está correctamente elaborada, yo se la reiteraría por burofax con certificación de contenido.
La baja médica de la trabajadora no afecta al despido.
El finiquito deberías pagarlo, por lo que podrías hacerle una transferencia.
En todo caso, también podría proceder al desistimiento, abonando una indemnización muy escasa y quitándote de problemas, pues el tema se te puede complicar si te lleva al Juzgado y gana el procedimiento (con incremento de costes por abogado y salarios de tramitación).
En fin, y en resumen, necesitas asesoramiento.
Muchas gracias por su tiempo. Es de gran ayuda. Le comento que la carta es de fecha 26/06 y al no querer recibirla la mandé por bureau fax ayer 29/6. Su baja por enfermedad es del 29/6 al mediodía. La baja en la seguridad social está firmada el 29/6 a las 9am.
En cualquier caso, me comenta que para evitar problemas proceda al desestimento. Yo lo que quiero es olvidarme del tema aunque sea pagando un poco más. Me podría explicar como aplica eso, ¿ya qué ella alega que tiene derecho a baja? Cómo puedo ir por esa vía (¿qué procedimientos deber llevar a cabo)?
En cuanto a lo del abogado, estoy de acuerdo con usted y hoy mismo iré.
Muchas gracias por su atención. Reciba un cordial saludo.
Pues el desistimiento es bastante sencillo, solo hay que comunicarlo a la trabajadora, pero tu te vas a encontrar con el problema de que ya has procedido al despido de la trabajadora. No puedes desistir de una relación laboral cuando previamente ya has despedido.
Ahora bien, puedes reconocer la improcedencia y pagar la indemnización correspondiente (45 días por año de servicio)
Será más caro que el desistimiento, pero te quitas de problemas.
Otra opción es plantearte seguir con el despido para adelante y pelear el asunto en un hipotético juicio. Si la carta está bien hecha y realmente esta mujer ha faltado tantos días de forma injustificada, el despido es viable jurídicamente.
En cualquier caso, tu abogado te ayudará a buscar la solución que más te interese.

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