Mi pregunta es la siguiente: ¿Si la empres me debe 39.898? En total en concepto de indemnización y salarios atrasados por un despido, y la empresa no me paga ; en el momento que lo tenga que hacer FOGASA ; ¿Qué cantidad me abonaría el fondo de garantía? Y ¿Cuánto tiempo he de esperar a que llegue el momento?. Muchas gracias de antemano. SALUDOS!
Das pocos datos para saberlo. Lo primero sería saber que tipo de reconocimiento de la deuda tienes. ¿Has denunciado ya por lo social o la la empresa esta en concurso? Supongo que con salarios atrasados te refieres a los salarios de tramitación y que el momento procesal en el que te encuentras ahora es que ya tienes la sentencia y al no pagarte has instado la ejecución de la misma en el juzgado, pero te explico el proceso completo por si estas en otra situación, resumiendo algo que es muy largo. En primer lugar si no te quieren pagar hay que reclamar ante el juzgado de lo social correspondiente, para lo cual previamente tienes que realizar un acto de conciliación ante la sección correspondiente de la delegación de trabajo de tu provincia (presentar papeleta de conciliación) en el que la empresa puede o no reconocer la deuda y llegar a un acuerdo en la forma de pago y demás. Si no solucionas nada en este acto se celebraran los oportunos juicios por demanda de despido y en su caso cantidades y el juzgado dictara sentencias que si te son favorables determinaran la cuantía que te debe la empresa. Si no hay recursos por su parte y las sentencias pasan a ser firmes tu abogado o tu tendréis que pedir la ejecución de la sentencia al juzgado (embargo de bienes de la empresa) si es que no te pagan, cosa que la que te veo muy seguro según deduzco de tu pregunta. (Este paso también se retoma si llegaste a un acuerdo en la conciliación y no han cumplido con los pagos acordados) Si finalmente la empresa no tiene bienes para responder de la deuda o los bienes que tiene no son suficientes podrás solicitar el pago por parte del fondo de garantía salarial. De todas formas como bien deduces por tu pregunta el fondo de garantía salarial tiene unos topes tanto en los salarios (5 meses de salario máximo) como en importes (no más de aproximadamente 69 euros/dia salario bruto). Ademas la indemnización en la sentencia te la habrán calculado en 45 días por año, pero el fondo solo paga 30 días por año en el mejor de los casos (si son despidos objetivos por causas económicas u otras circunstancias la cifra se reduce). Tampoco paga conceptos extrasalariales como pueden ser dietas, comisiones y demás. Como ves darte una cifra exacta de lo que te va a pagar el fondo con los datos que das es imposible, pero si me facilitas algo más las cosas podemos determinarlo. Aunque supongo que si todo esto te lo ha gestionado ya un abogado/a no le debe suponer ningún problema con los datos que ya tiene el poder darte la cifra. Espero que te sirva de ayuda y quedo a tu disposición por si quieres que afinemos más el dato.
Hola de nuevo! El acto de conciliación se llevó a cabo en octubre del año pasado sin ningún acuerdo; entonces fuimos a juicio el 28 de noviembre pasado y llegamos supuestamente a un acuerdo que tenía que pagarme esa cantidad en 24 mensualidades a partir del 10 de Diciembre ; pero como no cumplieron lo acordado, ejecutaron la sentencia para el paso siguiente que sería el embargo. La copia de la demanda que tengo de los juzgados de lo social de Las Palmas pone que es por despido improcedente. ¿La cantidad que puse (39.898) es lo que me pertenece por los 11 años trabajado= 33.846,75? ¿En concepto de indemnización y 6.051,34? En concepto de liquidación incluidos los salarios de mes y medio que me debía la empresa de jornal. Que yo sepa la empresa no esta en concurso. ¿Sabría qué cantidad me abonaría fogasa? ¿Y cuánto tiempo tardará? Si necesita algún otro dato no dude en comentármelo. Muchísimas gracias!
Respecto a la indemnización el fogasa abona tan solo 30 días por año trabajado hasta el limite de una anualidad (365 días) de tu salario incluidas las partes proporcionales de pagas extra y con un limite de salario de 72,66 euros (triple del salario mínimo). Simplificando multiplica tu salario día que debe figurar en los hechos probados de la sentencia (como máximo 72,66 euros este año) * 330 (30 días por 11 años) y obtendrás la indemnización máxima que te abonaran. En cuanto a la cantidad, el máximo que te abonan son cinco meses de salario (150 días). El calculo es el mismo. Tu salario día * 150. Aun así, y antes de llegar a los tramites del fogasa debes solicitar la ejecución de la sentencia en el juzgado. (Embargo y subasta publica de los bienes de la empresa hasta cubrir la deuda). Este tramite puede llegar a durar alrededor de un año, según las distintas circunstancias que ocurra. Si al final acabas en el fogasa, suele tardar de dos a tres meses.