Cierre de centro de trabajo

Me comenta la empresa, que mi lugar de trabajo de cierran y a los trabajadores nos rehubicaran en otro centro, tenemos 2 posibilidades pero ambas están a unos 30 km de distancia de donde estábamos ahora, ello representa dedicar 3 o 4 horas más de nuestro tiempo, al trabajo sin ninguna compensación económica y ademas también se niegan a pagarnos los gastos de traslado, y nos dicen que si no estamos de acuerdo nos indemnizan con 20 días por año, tenemos algún derecho o nos vamos para allá sin que nos paguen nada porque no podemos prescindir del puesto de trabajo tal y como esta la situación económica.

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Bueno pues han mezclado legalidad con ilegalidad.
Vuestro traslado o desplazamiento tiene que ser comunicado por escrito, ya que implica un cambio de residencia.
Para ello, y de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, la empresa debe:
.- Respetar tus condiciones salariales
.- Pagarte los gastos de viaje
.- Cobrar dietas
.- Tener un permiso retribuido de como mínimo 4 días laborales en tu domicilio por cada 3 meses de desplazamiento.
En el escrito de desplazamiento o traslado tiene que indicar los motivos causantes.
Ahí tu puedes aceptar el traslado u optar por la rescisión de tu contrato, y tienes derecho a la indemnización de los 20 días de salario por cada año trabajado con un limite de 12 mensualidades.
Por tanto, defiende tus derechos y si hace falta impugna ante la jurisdicción laboral el desplazamiento, y para ello tienes 20 días, a partir de la notificación escrita.
Gracias, pero creo que no me he explicado bien, no tengo que cambiar de resiencia, solo que tengo que salir 1 hora antes de casa y llegar 1 hora más tarde, ademas de no poder ir a comer a casa al mediodía, ¿mi pregunta es si han de de compensarme económicamente todo el gasto que conlleva sin tener en cuenta todas la horas que dedicaré más al trabajo?
Eso es exactamente lo que te he dicho anteriormente, traslado o desplazamiento, en tu caso desplazamiento a 30 km, por lo cual deben abonarte gastos de dietas.
Muchas gracias, mañana mismo he pedido hora con un abogado laboralista, para que me ayude, ya que compañeros míos que les pasó lo mismo hace 5 meses, están allí en el nuevo centro sin ninguna compensación económica porque la dirección y algún que otro abogado que consultaron ellos, les dijo que no les correspondía nada, y no quisiera que me pasará lo mismo, pero lo tengo difícil, repito gracias por tu ayuda.
Pues suerte y haz que tu abogado aplique el Estatuto de los Trabajadores, que para eso se firmo en su momento.
Finaliza y puntúa.
He ido a un abogado y me ha comentado que la ley no indica nada concreto, que lo normal es llegar a un acuerdo, pero que si la empresa insiste en que no da nada de nada, solo puedes ir a juicio y que sea un juez quien dictamine, y entonces depende de cada juez unos dicen que con la crisis que hay es mejor no reclamar nada y otros pues que si te corresponde gastos, pero que actualmente los jueces se están decantando a favor de las empresas, así que los trabajadores estamos totalmente desamparados
Gracias
Sigo insistiendo en lo mismo. Te ampara el Estatuto de los Trabajadores, en este aspecto.
Diferente es, que los abogados, bueno muchos de ellos, prefieren negociar antes de ir a juicio.
Yo sigo diciendo lo mismo, no pierdes nada, y puedes ganar mucho si les llevas a juicio.
Muchísimas gracias por tu interés, a mis compañeros les da un poco de miedo ir a juicio, ya que, como ademas despedirán a gente tienen miedo de que seamos nosotros, pero yo pienso que con educación, nadie se debe molestar por pedir tus derechos.
Gracias por tu información desinteresada.

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