Autónomo Transportista en Apuros.

Quisiera que me informaran. Llevo más de 14 años trabajando con mi camión para una Agencia, y ésta me dice que para Septiembre ya no necesita de mis servicios, que me despiden vamos. No tengo ningún contrato escrito con estos Señores ya que cuando lo propuse lo máximo que me encontré fueron darme largas, pero si que les hago facturas mensuales legales con sus impuestos incluidos y si que podría demostrar que soy autónomo dependiente ya que son más del 90% de mi facturación total. ¿Tengo derecho algún tipo de indemnización?. Tendría que hacer el iva trimestra igual (¿estoy en módulos) o hay algún tipo de exención por no haber realizado trabajo?.
En espera de su respuesta lo antes posible para aclarar mi situación antes de que termine este mes de Julio, les saluda atentamente JUANJO. Un autónomo en apuros

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En principio no tienes derecho a nada... pero sigue leyendo. Eres el típico falso autónomo, ya que seguro que ellos te decían el horario, vacaciones... No debes demandar para conseguir que te reconozcan ser autónomo dependiente, sino que debes ir mucho más lejos y demandar para que se reconozca una relación laboral. Si ganas no sólo conseguirás una gran indemnización, sino también los salarios de tramitación (tus sueldos completos de todo lo que te dure el proceso) y que te devuelvan el importe de tus cuotas de autónomo (tienes que incluirlo en la demanda). Para poner la demanda tienes 20 días de plazo desde el último día que puedas demostrar que trabajaste para ellos. Hazme caso y ponla porque te estás jugando, con toda facilidad, varios millones de pesetas. Acude a un sindicato.
En cuanto lo del IVA, debes preguntarlo en la rama de fiscalidad de todoexpertos, ya que esta es sólo de derecho laboral.
Perdón pero no soy un falso autónomo. El camión es de mi propiedad, pago mis impuestos directamente a mi nombre, la licencia fiscal, la tarjeta transportes, seguro etc. La agencia me paga por mis servicios de recogida y reparto de genero con mi camión desde hace más de 14 años, yo les hago una factura legal con todo en blanco, con su iva y su retención de 1% correspondiente, todo registrado por hacienda (en los datos que me mandan para la renta se refleja). Tengo entendido que según la nueva Ley soy autónomo dependiente si facturo el 75% de mis ingresos a un cliente, yo le facturo más del 95% y trabajo para ellos de lunes a viernes. ¿Les pedí firmar el nuevo contrato para registrarlo como TRADE creo que se llama y así tener mis derechos pero por supuesto la Empresa no acepta firmar nada (y a ver quien les obliga? ¿O a la calle?).
Muy agradecido y disculpe las molestias. Atentamente Juanjo.
Ser autónomo no lo define el hecho de que el camión sea tuyo y que factures. Eso ya lo sé. Ser autónomo es lo que dice la palabra: independiente, y en tu caso no lo eres ni de lejos. Hay que analizar cuál es la naturaleza de tu actividad y de tus relaciones con ellos. La relación laboral tiene estas características: voluntariedad, a cambio de pago en metálico (sea fijo, por unidad de tiempo en factura o como sea), dependencia y ajenidad. La voluntariedad está clara. El pago lo puedes probar con lo que tengas de lo siguiente: contrato mercantil, facturas que les emites, pagos que te hacen por banco. La dependencia la prueba el sometimiento a un horario (aunque no es necesario), trabajar con los medios y material de la empresa, órdenes o mensajes que tengas de la empresa. La ajenidad quiere decir que tu seas ajeno a la buena o mala marcha de la empresa. Es decir, que tu cobrarías igual tus facturas independientemente de si las ventas de lo que hacías iban bien o mal. Es decir, que tienes una cierta parte de dinero en "fijo", aunque puedes tener otra en variable. También es muy importante que sólo le emitas facturas a tu empresa, aunque si también les estás emitiendo a otros no es impedimento total.
Como "autónomo" no tienes derecho a nada. Ni vacaciones, ni bajas, ni permisos. Como autónomo dependiente tienes unos pequeños derechos. Pero como empleado por cuenta ajena tienes todos los derechos. No merece la pena demandar para que te reconozcan el autónomo dependiente. Puestos a demandar hazlo para que te reconozcan la relación laboral por cuenta ajena, porque si lo ganas conseguirás que te devuelvan tus cuotas de autónomo, que paguen tu afiliación a la SS de los últimos 4 años y que se te hagan un contrato laboral con antigüedad desde que empezaste. Por supuesto si quieren podrán despedirte luego, pero podrías conseguir despido nulo al producirse después de una demanda. En el peor de los casos sería un despido improcedente a pagar con indemnización de 45 días por año de antigüedad. En la misma demanda puedes meterle que te paguen en relación al convenio aplicable y las vacaciones y pagas extras que te deban de los últimos 12 meses. El proceso es demandarlo judicialmente y te aconsejo que te lo lleve el servicio jurídico de un sindicato.
Digamos que lo de ser autónomo dependiente es algo que tienes ganado sólo por lo del porcentaje de facturación, pero tienes que ir a por el premio gordo, que es ser empleado por cuenta ajena.

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