¿Reducción jornada = cambio antigüedad?

Le he pedido a mi jefe que me reduzca la jornada (en lugar de 40h semanales, serán 30 o 35 -tengo que confirmar-) y lo que me gustaría saber es si pierdo mi antigüedad. Llevo 1 año en la empresa, tampoco es demasiado, pero no me gustaría perder antigüedad por el hecho de los trienios, las vacaciones y las indemnizaciones en caso de despido, etc.
Hay gente que me dice que no que solo cambiaría esa parte del contrato y que por lo tanto no perdería mi antigüedad.. Pero claro mi jefe dijo que tendríamos que cambiar el contrato, por lo tanto eso suena a contrato nuevo = fecha de "alta" nueva.

1 Respuesta

Respuesta
1
Evidentemente no te tiene que cambiar el contrato ni firmar uno nuevo. La reducción de jornada no es más que un permiso dentro del contrato que ya tienes(por algo viene en el estatuto de los trabajadores en el articulado de permisos).
Lo único que tiene que hacer tu jefe es comunicar a la seguridad social tus nuevas cotizaciones y que son debidas a la reducción de jornada. Ojo con cambiarte el contrato de un 100 a un 200 ya que si hace esto luego no podrás volver a jornada completa cuando quieras y te supondrá la mitad de indemnización y paro si te despide más adelante. Aparte de que no estarás protegida frente al despido.
Lo mejor que puedes hacer es no firmar ningún contrato nuevo que te ponga delante y si no has comunicado la reducción por escrito hacerlo mediante burofax con acuse de recibo y certificación de contenido con este comunicado:
La carta bien podría ser esta, no hay un modelo oficial pero podrás encontrar más modelos buscando en internet.
A la dirección de la empresa -----------------sita en -----------(dirección de la empresa)
La srª ------------con D.N.i---------------como trabajadora de la empresa citada en el encabezamiento de la presente carta, con categoría profesional----------------.
Comunica:
Que conforme a lo dispuesto en el articulo 37.5 del texto refundido del estatuto de los trabajadores se acoge a la reducción de jornada por guarda legal de menor de 8 años a partir del día------------(plazo de 15 días o bien si tienes más margen de días le podrías dar un preaviso mayor), siendo mi nuevo horario de trabajo el siguiente:de lunes a viernes de--- a ----. Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 15 días(o el plazo que marques), este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario.
Barcelona(o la ciudad que sea) Firma del trabajador/a
De esta forma les obligas a que te contesten. Si no lo hacen o bien te dan una respuesta negativa no tendrás más remedio que demandar a la empresa. Si te admiten el horario por escrito, estupendo, pero si solo lo hacen verbalmente yo te aconsejo que demandes igual. En este caso la empresa puede jugar sucio y si llegáis a juicio podrá decir que no te ha dado el consentimiento y que tu has obrado unilateralmente por lo que podría sancionarte. Pero esto dependerá del punto de vista objetivo del juez. Por lo tanto exige el horario por escrito y si se niegan demandas.
Esto te asegura la protección anti despido desde el mismo momento que ellos reciban la comunicación.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas