Baja laboral

Buenas tardes, He tenido una baja por enfermedad de dos días en el trabajo, con baja de la seguridad social oficial... Y mi empresa me ha decontado un 25% del sueldo de esos dos días... ¿Es eso legal?

2 respuestas

Respuesta
1
Todo dependerá de lo dispuesto en el convenio colectivo. Pero es perfectamente posible, porque la norma general es que no se te paguen los tres primeros días de baja, a menos que en el propio convenio disponga que la empresa esté obligada a abonarte el mismo salario que cobras normalmente.
Por tanto, todo depende de lo establecido en el convenio. Si en él se dispone que el empresario está obligado a abonarte la totalidad de tu salario normal, o a completar la incapacidad temporal hasta llegar a tu salario normal, estaremos hablando de una irregularidad por vulneración del convenio colectivo.
Esperamos haberte ayudado. Si tienes más dudas o consultas, no dudes en contactar con nosotros a través de este medio, o bien a través del correo [email protected]. Te atenderemos encantados.
Respuesta
1
Si es una baja por accidente laboral se cobra el 75 % de la base de contingencias comunes, no obstante, el primer día de la baja se combra el 100% y el resto de días de baja el 75%
Y si no es accidente, ¿si no enfermedad común...?
Gracias
Si no pone lo contrario el convenio.
- Los 3 primeros días de baja no se cobra nada.
- A partir del 4 al 20 se cobra el 60 % de la base de contingencias comunes.
- A partir del 21 día se cobra el 75% de la base de contingencias comunes.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas