Comidas en el trabajo

Estoy trabajando en la cafetería de un hospital privado, el contrato lo tengo firmado con el mismo hospital. Trabajamos en dos turnos de 8 horas cada, librando dos días en la semana. Mi pregunta es si tengo derecho a alguna pausa trabajando todas las horas seguidas porque no tenemos ni un minuto para comer.

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Estatuto de los trabajadores 34.4.Jornada. Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este período de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo.
Esto es lo que dice el E.T.Por lo tanto dispones de 15 minutos de descanso para comer a para lo que tu quieras. El problema es que si el convenio no dice expresamente que se considere tiempo de trabajo efectivo se habrá de recuperar o bien se podrá descontar de la nomina.

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