Permiso de paternidad a tiempo parcial 50% jornada ¿Tengo derecho a pausa de desayuno?

El lunes empiezo el permiso de paternidad. He llegado a un acuerdo con mi jefe para que lo realize a tiempo parcial 50% de jornada. Nuestra jornada es continua de 7 horas y media (de 7:30h a 15h todo el año). Con lo que me dice que tengo que hacer 3 horas y 45 minutos y como es inferior a 6 horas no tengo derecho al descanso que tenemos de 20 minutos para desayunar.

¿Es así? ¿No me correspondería al menos un descanso del 50%, o sea 10 minutos?

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Si es correcto. Es necesario que tu jornada sea continua de mas de 6 horas para que tengas derecho a 15 minutos de descanso. Si es de menos, no hay derecho a una proporción.

Artículo 34.4 del E.T:

Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este período de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo.

Lo siento. Un saludo. No olvides cerrar tu pregunta y puntuar.

Laborser

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