¿Despido económico o improcedente?

Buenas tardes:
Tengo un cliente que después de salir de un ERE temporal, trabajado durante un año meses alternos, le presentan carta de despido por causas económicas alegando (con cifras) disminución de la cifra de ventas desde el 2007 a la fecha, en un 30%.
La carta se le entrega con preaviso de 30 días, el trabajador firma NO CONFORME, y la indemnización de 20 días está bien calculada.
Creo que está todo correcto, pero como no estoy muy puesta en impugnar despidos, no sé si debería hacer una reclamación al SMAC por despido improcedente y si fuera así, los 20 días hábiles de plazo se cuentan desde la entrega de la carta de despido o desde la fecha efectiva de despido que es cuando le tienen que dar de baja en seguridad social.
Gracias por adelantado

Añade tu respuesta

Haz clic para o