Enfermedad profesional y base reguladora
Me llamo maría y espero que me podáis ayudar, os voy a soltar un rollo de aúpa a ver si me explico bien.
Trabajo en una instalación deportiva de monitora de actividades, durante el mes de diciembre y enero he ido acusando un dolor de espalda (en la zona del hueso sacro) que ha ido derivando en ciatalgia. A día uno de febrero me desplace al centro medico y el medico me ha dado la baja con diagnostico lumbago y enfermedad común. Se lo llevo a la empresa que lo manda a la mutua ye estos me combocan para un examen medico (más bien excasito limitado a preguntas y solo una prueba funcional) y ahí quedo la cosa. Resulta que cuando recibo la nomina veo que se me ha aplicado el criterio de enfermedad común y vale ya se que la lumbalgia no sale como enfermedad profesional en la lista esa famosa de la seguridad social pero en mi profesión y por definición de enfermedad profesional la lumbalgia derivó de un esfuerzo continuado en posturas forzadas por lo que creo que debería ser tramitada como enfermedad profesional.
Por otro lado mi nomina esta detallada de la siguiente forma:
Por un lado la casilla de BC Con Com = 1725,60 (no es así todos lo meses ese mes cobramos 500 eu de objetivos de empresa anuales)
la Base AT/EP = 1725,60
Prestaciones IT --> 13 unidades 517,68 eu
Prestaciones oblig. Empresa -->12 unidades 414,14
total 931, 82 de donde con un IRPF = 14,18%, + 0,10% FP + 1,55% DE + 4,7% SS me descontaron 241,71eu cobrando asi 690,11 eu.
Nosotros en el convenio nos pone que en caso de EP la empresa pagadera esta obligada a pagarnos hasta el total de la base de cotización.
¿Alguien me podría decir cual es mi base reguladora según esta nomina ya que la del grupo de cotización es 738,90 (grupo 5) si esta todo bien calculado y si tendría que reclamar Enfermedad profesional y es su defecto que me paguen el 100% de la base de cotización?
Muchas gracias y siento el tostón que os acabo de mandar
Por cierto se me ovido mencionar dos cosas:
El convenio pone textualmente: " En caso de eccidente laboral o enfermedad profesional el trabajador tendrá derecho a un complemento hasta el total de la base de cotización"
Y ademas por política de empresa los trabajadores de como yo en caso de enfermedad común la empresa nos paga el 100% de la base reguladora que ellos me dijeron que es 738,90 eu por eso quiero saber cual es exactamente mi base reguladora (que yo tenia entendido que era la base de contingencias del mes anterior entre 30 y multiplicada por el nº de días del mes de la baja... Pero no estoy segura..)
Trabajo en una instalación deportiva de monitora de actividades, durante el mes de diciembre y enero he ido acusando un dolor de espalda (en la zona del hueso sacro) que ha ido derivando en ciatalgia. A día uno de febrero me desplace al centro medico y el medico me ha dado la baja con diagnostico lumbago y enfermedad común. Se lo llevo a la empresa que lo manda a la mutua ye estos me combocan para un examen medico (más bien excasito limitado a preguntas y solo una prueba funcional) y ahí quedo la cosa. Resulta que cuando recibo la nomina veo que se me ha aplicado el criterio de enfermedad común y vale ya se que la lumbalgia no sale como enfermedad profesional en la lista esa famosa de la seguridad social pero en mi profesión y por definición de enfermedad profesional la lumbalgia derivó de un esfuerzo continuado en posturas forzadas por lo que creo que debería ser tramitada como enfermedad profesional.
Por otro lado mi nomina esta detallada de la siguiente forma:
Por un lado la casilla de BC Con Com = 1725,60 (no es así todos lo meses ese mes cobramos 500 eu de objetivos de empresa anuales)
la Base AT/EP = 1725,60
Prestaciones IT --> 13 unidades 517,68 eu
Prestaciones oblig. Empresa -->12 unidades 414,14
total 931, 82 de donde con un IRPF = 14,18%, + 0,10% FP + 1,55% DE + 4,7% SS me descontaron 241,71eu cobrando asi 690,11 eu.
Nosotros en el convenio nos pone que en caso de EP la empresa pagadera esta obligada a pagarnos hasta el total de la base de cotización.
¿Alguien me podría decir cual es mi base reguladora según esta nomina ya que la del grupo de cotización es 738,90 (grupo 5) si esta todo bien calculado y si tendría que reclamar Enfermedad profesional y es su defecto que me paguen el 100% de la base de cotización?
Muchas gracias y siento el tostón que os acabo de mandar
Por cierto se me ovido mencionar dos cosas:
El convenio pone textualmente: " En caso de eccidente laboral o enfermedad profesional el trabajador tendrá derecho a un complemento hasta el total de la base de cotización"
Y ademas por política de empresa los trabajadores de como yo en caso de enfermedad común la empresa nos paga el 100% de la base reguladora que ellos me dijeron que es 738,90 eu por eso quiero saber cual es exactamente mi base reguladora (que yo tenia entendido que era la base de contingencias del mes anterior entre 30 y multiplicada por el nº de días del mes de la baja... Pero no estoy segura..)
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Respuesta de manu2403
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