¿Derecho a baja maternal estando en desempleo?

Mi mujer se halla cobrando la prestación por desempleo desde septiembre y se ha quedado embarazada. Cuando dé a luz, ¿le corresponden los 4 meses de baja por maternidad?¿Y qué cobraría, el bruto o el líquido que percibe ahora? Si es así, ¿Después se reanudaría la prestación por desempleo que disfruta ahora?

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Respuesta
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El Estatuto de los Trabajadores garantiza una prestación económica equivalente al cien por cien de la base reguladora. Esta prestación se abona cuando la mujer solicita la baja por maternidad y durante las 16 semanas de la baja. Para cobrarla, es preciso que la madre esté trabajando o bien en situación asimilada de alta (como te ocurrirá a ti si cobras el paro). Una vez que hayan transcurrido las 16 semanas de la baja por maternidad continuarás cobrando el subsidio por desempleo durante el tiempo que te corresponda.
El calculo para la prestación de la baja por maternidad te la harán a partir de la misma base reguladora que se utilizo para el desempleo, pero aumentada hasta el 100%.
Si cobras el paro (la prestación contributiva) y das a luz tienes que hacer tres cosas:
1. Solicitar la suspensión en el INEM de la prestación contributiva.
2. Pedir en el INSS el subsidio de maternidad.
3. Cuando acabes la maternidad, reanudar la prestación por desempleo.
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¿Pero se cobra en base a la base reguladora o a la cuantía? Es que yo estoy en paro y doy a luz el mes que viene pero este mes ya me ha bajado la cuantía ya que han pasado ya seis meses . Entonces la gran duda es .. cobro en base a mi base reguladora inicial o a lo que estoy cobrando ahora que me ha bajado el paro

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