Impotente

Desde hace dos años, le comuniqué al dueño del taller mecánico la intención de prejubilarme a los 60 años le pregunte que si podía contratar aun sustituto, me respondió que hera difícil pero que si esperaba un par de años podría hacerlo.
  Pues bien, ya ha llegado la hora, pero resulta que no me quiere pagar las vacaciones de 30 días que me corresponden. El día 29 de junio era la fecha que debería pasar a ser pensionista y ademas era la fecha que cada año cogía las vacaciones.
  Argumenta que las vacaciones de julio me las pagaría la seguridad social y además me dice lo mucho que está haciendo poniéndome un sustituto con contrato indefinido, por lo tanto que en el finiquito no me incluye los 30 días de vacaciones que me corresponden.
  Acaso tiene razón y no debo reclamar o por el contrario me los tiene que pagar, y si es así que puedo hacer ya que si firmo "no conforme" es capaz de no ponerme al sustituto durante los 3 años que corresponden.
   Por favor aconsejarme, pues nunca me e puesto en contra de la empresa... Saludos.
05/07/2010
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Entiendo que le ha de realizar un finiquito, en ese finiquito ha de cobrar toda la parte proporcional de las pagas a las que tenga derecho y las vacaciones. Acuda a un sindicato para que le representen.
El tema del sustituto, no es asunto de Ud., es de la empresa, como si no quieren poner a nadie en su puesto y se pone el dueño a trabajar. A Ud. no le incumbe y tampoco los problemas de la empresa si Ud. no está.
Coja sin decir nada y vaya a un sindicato a pedir ayuda, por si hace falta que alguien le represente.
Ud. Tiene derecho a solicitar la jubilación cuando le convenga a Ud.
Ha de entender sus derechos para poder reclamarlos. No se ponga a malas, pero si no cede busque la ayuda que le digo.
Mucha suerte.
Quizás no me explique lo suficientemente bien, lo que he querido decir es que para cobrar el 100 x 100 de paga cuando me jubile a los 65 años, es necesario que si me prejubilo a los 62 años, que contraten a un trabajador y que cubra mi puesto en la empresa con contrato indefinido . Lo cual quiere decir, que si le reclamo las vacaciones, me puede decir que no me ba a colocar un sustituto y por lo tanto si me quiero prejubilar a los 62 años perdería un 7 o un 8x100 por cada año que me queda hasta los 65. Ademas se que no quiere que me jubile tan joven porque le hago falta
La remuneración por vacaciones es la de dos día y medio por mes trabajados, esto es lo que le tiene que pagar, y al trabajador sustituto su parte proporcional.
Es decir, el empesario ha de pagar a ambos, al menos a Ud. que ya ha trabajado esa parte de sus vacaciones.
Vaya a un Sindicato para que le den muestras de lo que tienen que ser sus derechos en este caso, incluso por si le tienen que representar en su nombre.
A mi manera de ver es lo que entiendo y quizás me falte información, hágame caso y vaya cuanto antes a un Sindicato.
Mucha suerte

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