Cobro de salario de manera irregular
Soy vigilante de seguridad y la empresa en la cual trabajo, decidió en el mes de enero adelantarnos las horas extras, es decir en lugar de ser a mes vencido, las cobraríamos a mediado de mes. Bien, esto ha traído consecuencias ya que al ser el sueldo base muy bajo, la gente que tenemos todos los pagos a principios de mes, o bien retrasamos pagos con los consecuentes cobros por demora o bien nos quedamos sin comer, porque hoy por hoy desgraciadamente se vive al día.
Bien en el mes de junio la Sección Sindical de UGT de mi empresa presentó para su negociación y aprobación un calendario de cobro siendo el siguiente: en el mes de julio, agosto y septiembre, la nómina se pasaría a fecha del 30 de cada mes y las horas extras con fecha de 9, esto implica otro cambio a la hora de cobrar, quizás más beneficioso para todos.
La cuestión es, que yo tengo orden de transferencia de una cuenta bancaria a otra completamente distinta y a fecha del domingo día 1 de agosto aún no hemos cobrado y ya no será hasta el martes día 3 puesto que no han hecho los ingresos de las nóminas. Esto quiere decir, que si yo no puedo hacer dicha transferencia me cobrarán unos intereses. Bien, ¿es legal que la empresa, habiendo aprobado el calendario de cobro, nos ingresen la nómina con posterioridad a dicha fecha? ¿Puedo reclamar los gastos por intereses de demora? Porque son 60 euros lo que me van a cobrar.
Luego hay otra cuestión y es que a partir del 30 de septiembre, vuelven a sentarse para negociar otro calendario de cobros. ¿Es legal que jueguen con los trabajadores de ésta manera? Nos consta que la empresa es solvente pero desde luego no es competente.
¿Qué podría hacer en ambos casos?
Bien en el mes de junio la Sección Sindical de UGT de mi empresa presentó para su negociación y aprobación un calendario de cobro siendo el siguiente: en el mes de julio, agosto y septiembre, la nómina se pasaría a fecha del 30 de cada mes y las horas extras con fecha de 9, esto implica otro cambio a la hora de cobrar, quizás más beneficioso para todos.
La cuestión es, que yo tengo orden de transferencia de una cuenta bancaria a otra completamente distinta y a fecha del domingo día 1 de agosto aún no hemos cobrado y ya no será hasta el martes día 3 puesto que no han hecho los ingresos de las nóminas. Esto quiere decir, que si yo no puedo hacer dicha transferencia me cobrarán unos intereses. Bien, ¿es legal que la empresa, habiendo aprobado el calendario de cobro, nos ingresen la nómina con posterioridad a dicha fecha? ¿Puedo reclamar los gastos por intereses de demora? Porque son 60 euros lo que me van a cobrar.
Luego hay otra cuestión y es que a partir del 30 de septiembre, vuelven a sentarse para negociar otro calendario de cobros. ¿Es legal que jueguen con los trabajadores de ésta manera? Nos consta que la empresa es solvente pero desde luego no es competente.
¿Qué podría hacer en ambos casos?
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Respuesta de irisada15
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