Reducción de jornada y paro o despido

LLevo 5 años trabajando en la misma empresa, somos 3 trabajadores incluido el gerente, pero la misma funciona mal por lo que me han propuesto dos opciones:
1.Despido
2.Acogindose a la reforma laboral 2010, reducción de jornada, realizando la mitad de horas las cuales las paga el empresario y el otro 50%(no trabajadas) pagadas por la seguridad social. Como puede ser que me paguen finiquito, ¿trabaje menos y cobre igual? ¿Dónde están los contras? ¿Cuál puede ser el problema en esta situación?
No se que hacer porque la segunda opción pinta tan bonita que pienso tiene que tener algo negativo.

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No todo va ser malo, mujer, la segunda opción es buena para ambas partes:
1.- La empresa se afloja el cinturón y puede respirar un poco reduciendo costes laborales y tu aflojas un poco reduciendo horas trabajadas sin notar apenas diferencia económica.
2.- El despido es peor solución, seguro.
Te van a plantear un ERE temporal con reducción de jornada entre el 10% y el 70% con igual reducción de salario (a cargo del Estado).
Este ERE si es igual o inferior a 6 meses no descuenta el mismo tiempo de prestación si luego se convierte en definitivo. Dile a tus jefes que te formen durante la duración del ERE para que puedan acogerse a reducción de los costes en SS (cotizaciones).
EN el punto 1 me indicas sin notar apenas diferencia económica, ¿a qué te refieres? ¿No cobraría entonces lo que cobro ahora con esta propuesta? ¿Perdería la indemnización que me corresponde al pasar a media jornada? ¿Y si me despiden luego a los 3 o 4 meses cobraría el paro de la jornada completa o se calcularían de los últimos 6 meses trabajados?
¿Lo ultimo que anotas que me van a plantear un ERE seria con la opción de la reducción de jornada verdad?
No entiendo bien el ultimo párrafo donde indicas "que no descuenta el mismo...
Perdona por tanta pregunta es que estoy hecha un lio. Tampoco quiero que me la jueguen, ya que no hay trabajo en la empresa y no entiendo para que me quieres 4 horas y no me tiran directamente.
Saludos
Cobrarías igual que ahora.
Las indemnizaciones se efectúan cuando hay despido.
Si te despiden, después de finalizado el ERE y este ha sido inferior a 6 meses tienes el paro íntegro.
Pienso en un ERE en tu beneficio temporal con reducción de jornada
Si el ERE es igual/inferior a 6 meses no se te descuenta de un futuro paro.
Tienes que diferenciar:
- ERE, Expediente Regulación Empleo, por un tiempo fijado y que puede ser total o parcial (reducción jornada), finalizado el mismo, se te puede readmitir o despedir
- Despido, es el que genera indem.
Ciérrame la pregunta.

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