Paro después de baja y contratación

He causado baja voluntaria en mi empresa por diferentes motivos. Tenía un contrato de dos años pero con variables. Empecé 2 meses trabajando 25 horas a la semana, luego pasaba a 10 durante otros dos. Luego no trabajaba, aunque sí seguía dado de alta por la empresa en el caso de que hubiera hecho falta cubrir una baja por enfermedad o por vacaciones lo que me vino genial en algunos meses. Todo ello demostrable con contratos y nóminas. Luego empecé de nuevo a trabajar 10 horas semanales durante 3 meses y luego volví a las 25 hasta que causé baja voluntaria, justamente al año de cumplir mi primer año de contrato. La razón de mi baja fue que a mi pareja la trasladaron por trabajo a otra comunidad y estaba embarazada, ésa es la principal razón aunque también porque iba a volver a trabajar sólo 10 horas semanales y ya no me compensaba. Tengo claro que al ser baja voluntaria no tengo derecho a paro pero hablé con mi jefe y me hizo el favor de contratarme un fin de semana porque pensé que así podría cobrarlo, ya que la empresa no me quería despedir aunque se lo pedí. Mi sorpresa es MAYÚSCULA cuando voy a la oficina del Inem de la población donde estoy inscrito ahora y me dicen que no es posible pedir la prestación porque después de una baja voluntaria es necesario trabajar al menos 3 meses. ¿Es esto cierto?. Tenia sobradamente entendido que con sólo un día trabajado ya podías. ¿Alguien me lo podría confirmar por favor?. Ah! Se me olvidó decir que antes de esta empresa, ya había trabajado un total de 8 meses en otras dos, desde mi última solicitud de prestación.

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Que tal Mira cuando un trabajador se marcha voluntariamente de la empresa al ser el trabajador el que cesa voluntariamente no esta en situación legal de desempleo y por lo tanto para recuperar esa situación tendría que trabajar con un contrato de trabajo de tres meses o de cualquier duración pero siempre superior a esos tres meses y que el trabajador cumpliera el contrato de trabajo, o fuera despedido por no superar el periodo de prueba o por cualquier otra circunstancia pero siempre a instancias del empresario y una vez que hayan transcurridos al menos tres meses porque si no transcurren tres meses, se sigue sin estar en en situación legal de desempleo, y en el INEM no conceden la prestación por desempleo, es decir que desde que cesas voluntariamente en la empresa anterior hasta que finalizas el contrato de tras meses o te despiden por no pasar el periodo de prueba tienen que transcurrir tres meses para que te concedan la prestación por desempleo.. Si no necesitas ninguna aclaración no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta
Muchísimas gracias por tu tiempo. La verdad que el asunto es algo contradictorio porque creo más bien que se debería estudiar la situación personal de cada uno a la hora de conceder a las prestaciones. Aunque me imagino que esto viene de algunas personas que han abusado de mala manera de las prestaciones. Sin embargo no es mi caso. Ya para terminar, se me ocurre otra cosa, ya que no puedo solicitar la prestación, ¿puedo solicitar aunque sea algún tipo de ayuda?. Muchas gracias de nuevo.

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