¿Una no superación de periodo de prueba comunicada por la empresa da derecho a paro?
A principios de mes empecé a trabajar en una empresa con periodo de prueba de tres meses, siendo el tipo de contrato por obra y servicio. Hago media jornada.
A los diez días de trabajar la dirección de la empresa me comunica que no va a haber pagas extras pues llevan arrastrando graves problemas de liquidez que les hacen tomar esta drástica medida.
Al comentarlo a un compañero me dice que también han comunicado que no van a pagar las nóminas a fin de mes. Ni este ni los siguientes.
Por lo tanto, estoy recién contratado, en periodo de prueba y sé que no voy a cobrar a fin de mes, por lo que mi decisión es marcharme de la empresa cuanto antes.
En estos momentos me quedan dos meses de paro. Si les comunico que me voy es baja voluntaria, por lo que pierdo el paro. Y ellos no van a querer echarme, pues estoy en departamento de ventas, el que están potenciando para obtener algo de liquidez para salir momentáneamente del apuro.
Mi duda es ¿Una no superación de periodo de prueba comunicada por la empresa da derecho a paro? Me refiero a que si la empresa entiende que mi desempeño, mi actitud, o lo que sea no les interesa y deciden poner fin a la relación contractual poniendo fin al periodo de prueba…..¿yo tendría derecho a paro o no?.
(Mi trabajo anterior era por contrato de obra y servicio y lo finalicé hace más de tres meses)