La Ley General de la seguridad social no regula el tiempo que tiene que durar un contrato de trabajo posterior a la baja voluntaria para que una vez finalizado el mismo se pueda solicitar el desempleo para que no se considere celebrado en fraude de ley con la finalidad de cobrar indebidamente la prestación si el contrato de trabajo es de corta duracion. Lo que si regula la LGSS es el tiempo que tiene que transcurrir cuando después de un cese voluntario se empieza a trabajar y a los pocos días se extingue la relación laboral por no pasar el periodo de prueba sin que hayan transcurrido al menos tres meses desde el cese voluntario en la empresa anterior y la extinción del contrato de trabajo por no pasar el periodo de prueba en la ultima empresa.. Por lo tanto si te contratan por dos semanas podrías tener derecho a cobrar el paro si el SPEE considera que el contrato de trabajo de dos semanas es un contrato legal es decir que se ajusta a las verdaderas necesidades de la empresa o del empleador.. De todas formas en el enlace que te dejo a continuación tienes mas información al respecto.. Un saludo.. No se te olvide finalizar la pregunta.. Gracias..