Una duda con las vacaciones

Tengo una duda,el 28 de febrero de este año empece a trabajar en una fabrica con un contrato de obra y servicio,a día de hoy solo me han dicho que tengo 12 días de vacaciones y supuestamente las cogeré en agosto como todo el mundo,las fijas tienen el mes completo,el problema es que todavía no se que días tengo dicen que lo tienen que mirar que las que tenemos el contrato de obra y servicio todavía no se sabe que días nos darán porque no quieren que coincidamos,eso es legal?es normal que a estas fechas en las que estamos aun no sepa que días tengo?tenia entendido que 2 meses antes los trabajadores debemos saber que vacaciones y que días nos corresponden,y otra cosa 12 días esta bien o me han engañado?Gracias

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Hay que estar al calendario laboral que se marca para cada año, a lo que diga el convenio colectivo sobre la forma de asignación y a los acuerdos con el Comité de empresa.

Las necesidades de la empresa le permite además hacer turnos para disfrutar las vacaciones.

Ahora bien la fecha final de tus vacaciones se establece por acuerdo entre tu y la empresa y tienes derecho a conocerlas con al menos 2 meses de antelación.

Y recuerda la regla de que por cada mes trabajado se tienen derecho a 2,5 días de vacaciones. Si estas desde el 28 de Febrero, a 1 de Agosto llevarás 5 meses que a 2,5 días son 12,5. Si estaría correcto.

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Entonces que tengo que hacer,todavía no se que días me tocan,se que sera en agosto pero aun no se que días son,ayer lo pregunte y nadie sabia nada,están mirando haber como cuadran las vacaciones de los demás para que no falte gente las mismas semanas,pero yo quiero saberlo ya,quiero disfrutar con mi familia y necesito reservar algo,que me aconsejais?

Incompetencia por parte de la empresa. Debería tener ya fijados los turnos de vacaciones y que vosotros lo supierais con al menos 2 meses de antelación.

Lo regula el artículo 38 de Estatuto de los trabajadores:

1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.

Habla con tu Comité de empresa y con responsables de la empresa alegando tu derecho a conocer en base al artículo 38 del ET la fecha de tus vacaciones con al menos 2 meses de antelación. Si no obtienes respuesta la vía a seguir es la denuncia en el Juzgado de lo social.

Muchas gracias por todo,el otro día pregunte al encargado y me dijo que no lo sabia que el no llevaba este tema,que preguntáramos a la de oficina,ella contesto que tampoco sabia nada y que preguntáramos al jefe total que no se nada,y comité de empresa no hay habiendo suficiente gente,estoy desesperada.

Si todo el mundo escurre el bulto siempre tienes la opción de demandar si te las comunican sin la antelación de 2 meses y que el Estatuto de los trabajadores exige. Muchas empresas se suele pasar esto por... porque saben que nadie denunciará.

Si no hay Comité (con 50 trabajadores que tenga la empresa ya se puede) es porque los trabajadores no lo quieran ya que la empresa en eso no tiene ni voz ni voto. Con un Comité seguramente llegaríais a mas acuerdos con la empresa en temas de derechos laborales. La falta de representación perjudica mucho los intereses de los trabajadores.

Ojalá pronto sepas tus fechas.

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