Demanda por cantidades y rescision de contrato
Por adelantado agradecer la ayuda que me puedan prestar ya que tengo una serie de dudas que paso a explicar.
Trabajo en una empresa de hostelería desde hace 15 años, en la que hemos tenido retrasos en los cobros durante todo el año 2012 y nos deben todos los sueldos del 2013 hasta la fecha, ante esta situación, cuanto teníamos cuatro mensualidades sin abonar, pusimos una demanda tanto por cantidades como por rescisión de contrato ya que vemos imposible que nos vayan a pagar ningún sueldo en el futuro, en un principio acudimos al SMAC al acto de conciliación, en el los trabajadores ( que somos tres ) le ofrecimos pactar por una indemnización menor que la que nos correspondería por despido improcedente, lo que les pareció razonable, pero que no nos lo podían hacer de momento ya que no tenían dinero para pagarnos con lo cual terminamos sin conciliación y días después se puso la demanda ya en el juzgado, estando en estos momento a la espera de fecha para el juicio aunque hemos dejado una puerta abierta para un posible acuerdo. La cuestión que que tenemos que seguir trabajando en la empresa hasta la fecha del juicio y todos estos sueldos siguen sin abonarse a parte de la mal ambiente de trabajo que ya es insufrible. Ante esto nuestra abogada no nos daba solución, hasta que otra persona que estuvo en similar situación nos dijo que hay una nueva ley ( Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social (arts. 79.7 -medida cautelar consistente en la posibilidad de suspender la relación laboral, acordada por el Magistrado pero a instancia del trabajador), por la cual en situaciones como esta el trabajador puede dejar de acudir a su puesto de trabajo antes de que haya sentencia, lo he buscado por internet y he encontrado en la pagina http://www.laboral-social.com/extincion-del-contrato-por-voluntad-trabajador-cambio-criterio-articulo-50-estatuto-trabajadores.html
Un articulo referente a ello, lo que me gustaría saber es si esta ley se esta llevando a cabo o depende de cada juez y que si nos acojemos a esto, y hacemos unas medidas cautelares, corremos el riesgo de que el juez interprete que hemos abandonado el trabajo voluntariamente y pongamos en peligro la indemnización, por otra parte nos han dicho que una vez que hemos presentado la demanda en el juzgado que podemos apuntarnos al paro por mejora de trabajo y si nos contratan poder dejar la empresa sin riesgos.
Si somos conscientes de que si hacemos esto no tendríamos derecho a paro hasta que se dicte sentencia, pero al menos dejaríamos de trabajar sabiendo que no nos iban a pagar y podríamos tener la oportunidad de buscar otro empleo .
Agradecería mucho que nos respondiese y nos aconsejase sobre que hacer por que estamos un poco perdidas .