Los días de permiso retribuido que le corresponden a un trabajador/ra por matrimonio son 15 días naturales independientemente de el uso que haga el o la contrayente con los 15 días de permiso, porque es un derecho recogido en el ET y salvo la obligación de justificar la consumación del matrimonio ninguno de los contrayentes tienen que dar ningún tipo de explicación a la empresa del uso que se hace con los 15 días de permiso, además no siempre son 15 días, sino que pueden llegar a ser 17 cuando la celebración de la boda se realice en día no laborable (o sea, en la mayoría de los casos). Es
decir, que si su trabajador se casa en sábado, hasta el lunes no empiezan a contar los días de permiso. Si un trabajador se casa un día que no es laborable para él, entonces los 15 días de permiso retribuido que le corresponden empiezan a contar desde el primer día laborable, y no desde el día de la ceremonia (sent. Del TS de 12.05.09).Así que con los 15 días que te corresponden de permiso para casarte puedes utilizarlos para irte de boda de miel o para irte a bañarte a la piscina de hallado de tu casa porque son unos días que te corresponden por casarte y puedes hacer con ellos el uso que quieras.. Un saludo
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