¿Es legal no darnos vacaciones al estar compañera de baja?
Trabajo en una empresa con 8 trabajadores, 3 de ellos somos chicas y
trabajamos en la oficina, 2 son auxiliar administrativo y yo soy la
tercera con cargo de jefe de administración. Una de las compañeras esta
dada de baja por una operación que le han realizado, y yo (jefe de
administración) trabajo a media jornada por razón de guarda legal. El
convenio es el del comercio de la provincia de ciudad real. Las
vacaciones nos las dan en días laborables.
Pues bien, la otra chica y yo hemos estado hablando con el jefe
para ver que iba a pasar este año con las vacaciones al no estar la
compañera, le hemos solicitado 3 días cada una, para cogerlos ahora en
verano, y yo me he ofrecido a hacerle los días enteros a mi compañera
para que la empresa no se quedara colgada por las tardes a pesar de yo
estar a media jornada.
Hoy el jefe nos ha respondido que no nos
Concede esos 3 días a cada una hasta que no vuelva la compañera que está
de baja. Dice que lo ha hablado con su asesor laboral y que al estar
una de baja y otra con reducción de jornada y estar en temporada alta
que no corresponde darnos esos días según la ley hasta que se incorpore
la compañera (que no se sabe cuando va a volver).
¿Esto es legal? Si es así ¿Me pueden decir que ley es la que lo dice?
De no ser así ¿Con qué ley le puedo demostrar que no lleva razón?
En
Mi empresa las vacaciones se piden de palabra, con unas dos o tres
semanas de antelación, eso sí, el día antes de irnos de vacaciones
tenemos que firmar un documento como que vamos a disfrutas de esos días de vacaciones.