Si vas a despedir a la empleada por causas económicas del despido se lo tienes que comunicar por escrito con 15 días de antelación además en la misma carta de despido tiene que incluirse una explicación clara de la causa del despido, además junto con la carta de despido tienes que poner a su disposición la indemnización correspondiente que puede ser de solo 12 días si el FOGASA se hace cargo del pago directo de los 8 días restantes hasta completar los 20 de indemnización, al ser una empresa de menos de 25 trabajadores, pero eso lo tienes que consultar tu, en una gestoría o con cualquier abogado laboralista y si en el momento de entregarla la carta de despido no dispones del dinero de la indemnización ni del finiquito tienes que indicarlo en la misma carta de despido para que la empleada pueda reclamar el dinero para que en el supuesto de que te declararan en insolencia, lo pueda cobrar del del FOGASA, además durante los 15 días de preaviso y hasta que se haga efectivo el despido tienes la obligación de concederla un permiso retribuido de 6 horas a la semana para que ese tiempo, le emplee en buscar trabajo, Pero todas esas dudas deberías de consultarlas en una gestoría o con algún abogado laboralista.. En cuanto a lo de las perdidas eso te lo tiene que explicar en una gestoría porque es algo que es algo complicado y de lo que yo tengo poca noción..